
La ONG Foro Penal expresó el viernes por la noche su postura ante el anuncio de una ley de amnistía general por parte de la presidenta interina Delcy Rodríguez, la cual se presentará a la Asamblea Nacional. La organización recibió la noticia “con optimismo, pero con cautela”, y expresó su expectativa de que la medida contribuya “a la justicia, a la libertad, a la paz y a la reconciliación nacional”.
El comunicado difundido por la red social X subraya que, para responder a los desafíos del momento político, la amnistía propuesta debe incluir la participación activa de la sociedad civil, organizaciones de derechos humanos y, en particular, de las víctimas de prisión y persecución política, tanto en la redacción como en la aplicación y seguimiento de la ley
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Además, la organización social exigió definir claramente el alcance de la amnistía y ajustarse al artículo 29 de la Constitución, que prohíbe expresamente beneficiar a quienes hayan cometido violaciones a los derechos humanos o crímenes de lesa humanidad.
Entre otro de los puntos, la institución liderada por Alfredo Romero y su vice, Gonzalo Himiob, mencionó la necesidad de garantizar la “no repetición” de violaciones a los derechos humanos. En ese sentido, señalaron que es esencial basarse en los principios nacionales e internacionales que rigen las amnistías como instrumentos jurídicos, políticos y sociales para lograr reconciliación, justicia y paz nacional.
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Foro Penal instó a exigir a los operadores de justicia que, en la aplicación de la ley, se respete de forma irrestricta la afirmación de la libertad y el principio de favorabilidad, evitando que cualquier duda se resuelva en perjuicio de los presos o perseguidos.

La cuenta de la institución que lucha por los derechos humanos también emitió otro comunicado en el que expone con claridad las diferencias jurídicas entre la amnistía y el indulto, y remarca que se trata de dos figuras legales con efectos, alcances y competencias institucionales completamente distintos dentro del ordenamiento venezolano.
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Según el texto, la amnistía implica el “olvido legal del delito”, lo que supone la extinción de la responsabilidad penal de los autores, mientras que el indulto se define como un “perdón” que recae exclusivamente sobre la pena ya impuesta.
En ese sentido, el Foro Penal subraya que la amnistía no solo puede alcanzar condenas firmes, sino también procesos en curso, investigaciones abiertas e incluso causas sin sentencia definitiva.
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El documento también establece una diferencia clave en cuanto a las competencias del poder público: el indulto es una atribución exclusiva del Presidente de la República, mientras que la amnistía es una potestad propia del Poder Legislativo, específicamente de la Asamblea Nacional, conforme a lo previsto en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.

En esa línea, el Foro Penal señala que la tradición constitucional venezolana ha reconocido históricamente a la amnistía como una medida excepcional de gracia, vinculada a la voluntad popular representada en el Poder Legislativo, y como una herramienta política-jurídica distinta al indulto presidencial.
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Finalmente, la organización resume su postura con una definición categórica: “El indulto es perdón, mientras la amnistía es olvido”. “La amnistía es una renuncia a la potestad del Estado para perseguir y sancionar determinados hechos, generalmente con la finalidad de lograr la paz social”.
Por su parte, Alfredo Romero escribió en su cuenta personal de la plataforma antes mencionada que una amnistía general es bienvenida “siempre que sus elementos y condiciones incluyan a toda la sociedad civil, sin discriminación, que no se convierta en un manto de impunidad y que contribuya al desmantelamiento del aparato represivo de persecución política”.
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La ONG recordó que ha propuesto la amnistía en varias ocasiones anteriores —en 2007, 2011, 2015, 2016, 2019 y a principios de 2026— y puso su experiencia a disposición de la sociedad y de cualquier órgano del Poder Público interesado.
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