
Britney Alfaro, figura popular durante la pandemia de COVID-19 por su presencia en un programa de sorteos en línea, ha sido condenada a 10 años de prisión efectiva por delitos vinculados al tráfico ilícito de drogas.
La sentencia se dictó tras una investigación que probó su participación en la distribución de marihuana desde un inmueble ubicado en el distrito de Comas, donde vivía con su entonces pareja, Arthur Torres.
En el lugar se incautaron más de cinco kilos de droga, balanzas digitales y dinero en efectivo. Ambos enfrentan penas de cárcel, multas e inhabilitaciones adicionales por el delito cometido.
Quién es Britney Alfaro

Durante el confinamiento por la pandemia, Britney Alfaro ganó visibilidad como presentadora del programa online Bingo Hot, que ofrecía juegos de azar virtuales con un formato desenfadado, transmitido vía redes sociales.
En ese espacio se le conocía como “La Conejita”, apodo con el que fue reconocida por sus seguidores. El programa mezclaba entretenimiento, sorteos y una estética provocadora que atrajo a un amplio público conectado desde casa.
Tras su salida del show, Alfaro explicó que dejó la conducción por temas logísticos y económicos: “Se me abrían otras puertas y el pago no alcanzaba por los gastos de movilidad”, declaró en una entrevista. Posteriormente incursionó en negocios vinculados a moda, además de mantener una presencia activa en plataformas digitales.
Aunque su imagen estuvo relacionada inicialmente al entretenimiento, su nombre volvió a aparecer en titulares por motivos completamente distintos, tras una operación policial en agosto de 2022 que marcó el inicio del caso que la llevaría a prisión.
La operación en Comas que reveló el caso

La intervención clave ocurrió el 23 de agosto de 2022. Agentes de la Policía Nacional ingresaron, con autorización judicial, a un departamento ubicado en la urbanización Santa Luzmila, en Comas, luego de recibir denuncias por presunta venta de estupefacientes.
En el interior hallaron 5.056 kilogramos de marihuana distribuidos en envases, una balanza electrónica, dinero en efectivo y documentos personales que vinculaban tanto a Britney Alfaro como a Arthur Torres con el lugar.
Durante la inspección, también se identificó mobiliario y pertenencias que confirmaban que ambos residían en el inmueble, el cual habría sido utilizado como punto de acopio y comercialización de la sustancia.
La Fiscalía inició diligencias ampliadas y recabó testimonios, informes periciales y análisis químicos que fueron incorporados al proceso como pruebas de responsabilidad directa en el delito de tráfico ilícito de drogas.
Sentencia firme y consecuencias legales

El tribunal penal de Lima Norte determinó, tras revisar los elementos presentados por el Ministerio Público, que Britney Alfaro y Arthur Torres actuaron en conjunto para almacenar y distribuir marihuana. Ambos fueron hallados culpables del delito de favorecimiento al consumo ilegal de drogas en forma agravada.
Alfaro fue condenada a 10 años de prisión efectiva. A Torres, su entonces pareja, se le impuso una pena mayor: 11 años. Además, la sentencia contempla una reparación civil de S/ 20 000 y una multa de 242 días-multa, equivalente a S/ 1 875,50. También fueron inhabilitados para ejercer funciones públicas por un periodo de siete años y dos meses.
Ambos se encuentran bajo custodia y sus abogados evalúan interponer una apelación contra la sentencia emitida en primera instancia.
Las evidencias que marcaron el proceso

Durante el juicio se presentaron diversos tipos de pruebas que permitieron al tribunal establecer la participación directa de los acusados en el ilícito. Se incluyeron:
* Las actas de intervención del 23 y 24 de agosto de 2022.
* Fotografías del lugar de los hechos.
* Análisis químicos forenses que confirmaron la naturaleza de la droga incautada.
* Testimonios de vecinos del edificio.
* Imágenes de cámaras de vigilancia en zonas comunes.
Una de las piezas clave fue el hallazgo de documentos personales dentro del inmueble y las declaraciones recogidas durante la investigación preliminar. Esto permitió conectar a los acusados con el uso del departamento como centro de distribución.
El juicio oral confirmó que no se trataba de un caso de posesión simple, sino de una operación sistemática para facilitar el consumo y comercialización de marihuana a terceros.
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