
El Ministerio Público formalizó una denuncia constitucional contra el expresidente de la República, José Pedro Castillo Terrones, por el presunto delito de peculado de uso, luego de que se determinara que habría utilizado aviones y helicópteros del Ejército del Perú para trasladarse junto a sus familiares a destinos fuera de Lima, sin contar con actividades oficiales registradas en esas fechas.
La acusación fue presentada por la Fiscalía de la Nación, a través del Área Especializada de Enriquecimiento Ilícito y Denuncias Constitucionales, y ya fue elevada al Congreso de la República.
La imputación se sustenta en dos hechos principales. El primero involucra el uso de un avión Cessna Citation XLS, con matrícula EP-861, en el que el expresidente habría viajado junto a su hijo a la ciudad de Chiclayo los días 7 y 9 de mayo de 2022. El segundo caso se refiere al uso de un helicóptero militar MI 171 ShP, con matrícula EP-680, el 24 de junio del mismo año, con destino a la provincia de Chota, región Cajamarca, donde también viajaron varios miembros de su familia, entre ellos su cuñada, sobrinos e hijo.

La Fiscalía sostiene que en ninguno de los dos traslados se encontraron pruebas de actividades oficiales asociadas al ejercicio de su función presidencial, al menos en las fechas indicadas. En el caso del vuelo a Chiclayo, el Despacho Presidencial confirmó que no hubo actividad programada entre el 7 y el 9 de mayo. En tanto, el viaje a Chota, pese a tener dos eventos registrados el 24 de junio —un encuentro con la población y la inauguración de una instalación hospitalaria—, incluyó pasajeros que no formaban parte de la comitiva oficial registrada.
Denuncia constitucional y uso de bienes públicos
La Fiscalía concluyó que Castillo Terrones, en su calidad de presidente de la República durante el periodo 2021-2026, habría hecho uso de recursos del Estado -aeronaves militares- para fines distintos a los institucionales, lo que encajaría en la figura penal de peculado de uso. Cabe precisar que esta infracción, contemplada en el artículo 388 del Código Penal, implica la utilización de bienes del Estado por parte de un funcionario público en provecho propio o de terceros, sin estar autorizado para ello.
El comunicado oficial difundido este 14 de mayo por la Fiscalía de la Nación detalla, además, que se ha formalizado esta denuncia ante el Congreso de la República, única instancia competente para procesar constitucionalmente a un presidente por actos realizados durante su mandato. En el documento, se especifica que el uso del avión el 7 de mayo y su retorno el 9 del mismo mes se realizó pese a que el mandatario “no tenía ninguna actividad oficial en la citada ciudad en las fechas antes mencionadas”.

Respecto al traslado en helicóptero del 24 de junio, el Ministerio Público detalla que varios de los acompañantes -familiares del expresidente- no figuraban en el documento de Comitiva Oficial Chiclayo/Llama/Chota, lo cual ha sido interpretado como una señal de que su presencia no respondía a fines de representación del Estado, sino personales.
La evidencia recogida por el Ministerio Público incluye manifiestos de vuelo firmados por personal del Ejército, documentos de agenda del Despacho Presidencial y reportes oficiales del Ejército del Perú, que detallan las rutas, fechas y horas de los vuelos, así como la lista de pasajeros a bordo.
Familiares a bordo
El caso ha captado atención pública desde que medios como Perú21 y Cuarto Poder informaron sobre la existencia de un presunto helipuerto informal en la comunidad de San Luis de Puña, en Chota, lugar donde viven los padres del expresidente. La información periodística fue uno de los puntos que motivó a la Fiscalía a iniciar diligencias preliminares en enero de 2025.

A partir de ahí, se solicitó documentación a la Aviación del Ejército y al Despacho Presidencial para confirmar si los viajes tenían justificación oficial. El resultado fue una serie de inconsistencias entre las agendas oficiales y la presencia de familiares a bordo de las aeronaves, lo cual abrió la puerta a la formulación de la denuncia constitucional.
Según lo precisado en la ayuda memoria de la Fiscalía, cada tramo aéreo realizado implicó consumo de recursos logísticos del Estado, incluyendo combustible y personal operativo. Aunque el cálculo exacto del perjuicio económico será determinado por una pericia contable, ya se tienen los registros de duración de los vuelos: una hora de ida y vuelta en el avión Citation, y dos horas de vuelo en el helicóptero MI 171 ShP.
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