
Una nueva estrategia legal fue presentada este martes 22 de abril en la audiencia ante el Poder Judicial, como parte de la defensa del exconductor de televisión Andrés Hurtado. El abogado Elio Riera, representante legal del también actor cómico, planteó formalmente al juez Juan Carlos Checkley -titular del Juzgado Supremo de Investigación Preparatoria- que se archive la investigación en curso por el presunto delito de tráfico de influencias.
Durante la audiencia, Riera solicitó la aplicación de la figura jurídica conocida como excepción de improcedencia de acción. Según argumentó, la acusación contra su patrocinado carecería de base legal sólida debido a que el delito imputado se enmarca en lo que denominó “tráfico de influencias en cadena”, una figura que, según su análisis, no se encuentra contemplada en la legislación penal vigente en el Perú.
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Como parte de su exposición, el abogado comparó el caso de Hurtado con otro proceso de relevancia mediática: el que involucra al exsecretario presidencial Bruno Pacheco y a la exalcaldesa Silvia Barrera. Según indicó, en ese expediente, el fiscal a cargo solicitó el sobreseimiento de la causa bajo el mismo argumento legal: la inexistencia normativa del delito en cadena. Esta referencia fue presentada como sustento para justificar la improcedencia de continuar con la acción penal contra su cliente.

El pedido del letrado se enmarcó en un contexto en el que la figura del tráfico de influencias ha sido objeto de distintas interpretaciones judiciales. En este caso, el planteamiento de la defensa de Andrés Hurtado gira en torno a un posible vacío legal que, a su criterio, debería conducir al archivo del caso. La solicitud fue elevada con el argumento de garantizar los derechos del investigado y el cumplimiento del debido proceso.
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Cuestionamientos a la objetividad fiscal
La defensa del exconductor de televisión ya había expresado anteriormente su disconformidad con el tratamiento de la investigación. En febrero de este año, el abogado Elio Riera denunció presuntas presiones ejercidas por parte del Ministerio Público contra su defendido. Según declaró en ese momento, algunos fiscales no habrían actuado con la objetividad necesaria que exige el sistema judicial.
El letrado sostuvo que existen prácticas dentro del proceso penal que afectan el equilibrio entre las partes, particularmente en lo que respecta a las condiciones en las que los abogados pueden ejercer su función en los centros penitenciarios. Señaló, por ejemplo, que mientras los fiscales tienen acceso a dispositivos como celulares o laptops durante sus diligencias, la defensa legal se ve limitada en el uso de herramientas similares. Estas diferencias, según afirmó, representarían una desventaja en el ejercicio pleno del derecho a la defensa.
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Riera también descartó públicamente cualquier vínculo entre su cliente y la investigación que involucra al empresario Luis Sánchez Aranda, propietario del restaurante ‘Mi Barrunto’. Cabe precisar que esta investigación se desarrolla por el presunto delito de lavado de activos, y según aclaró el abogado, Hurtado no forma parte de dicho proceso.
El pedido de archivo del caso contra Hurtado por parte de su defensa marca un nuevo capítulo en este proceso judicial. En tanto el juez Checkley evalúa la procedencia de la excepción planteada, la controversia sobre el alcance legal del tráfico de influencias en cadena se mantiene como eje central del debate.
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El planteamiento hecho por el abogado de Andrés Hurtado se suma a un conjunto de casos recientes donde la defensa legal argumenta la existencia de zonas grises en el marco legal peruano. En particular, la figura del tráfico de influencias en cadena ha generado debate sobre su validez jurídica, al no estar expresamente regulada por el Código Penal.
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