
La presidenta Dina Boluarte promulgó la ley que modifica las funciones de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional (APCI) para endurecer la supervisión del financiamiento de la cooperación internacional que reciben las Organizaciones no Gubernamentales (ONG) y aplicar sanciones severas en escenarios cuestionables, como el uso del financiamiento para demandas contra el Estado Peruano.
En su discurso, Boluarte aseguró que la norma tiene como objetivo “garantizar la transparencia” y “asegurar que los recursos públicos o privados se utilicen con honestidad”
“No se trata de control, se trata de claridad. No se trata de fiscalización arbitraria, sino de rendición de cuentas”, dijo. Sin embargo, cerca al final de su exposición reconoció que esta nueva ley está dirigida a las ONG que considera “actúan en contra de los intereses del Estado.
“Esta ley también velará por el supremo interés de la democracia, la unidad nacional y poner bajo una revisión exhaustiva a una minoría de ONG que actúan en contra de los intereses de nuestro país sembrando odio y atacando nuestro sistema. Organizaciones que no están comprometidas con el bienestar de la nación, sino que buscan desestabilizar y promover la división utilizando recursos de la cooperación internacional para avanzar su propia agenda ideológica”, alegó.
Incluso, en una parte de su discurso, Boluarte se dirigió a los congresistas presentes para remarcar que aprobaron una “ley valiente”. Los parlamentarios que asistieron al acto fueron José Cueto, María Acuña, Auristela Obando y Alejandro Aguinaga.
Este último se vería beneficiado toda vez que viene siendo procesado por su actuación como ministro de Salud durante la dictadura de Alberto Fujimori por el caso Esterilizaciones Forzadas, caso en el que las víctimas son patrocinadas por ONG de derechos humanos.
Cuando entre en vigencia la nueva ley, será una falta muy grave —sancionada con multa de hasta 500 UIT, suspensión temporal o cancelación en los registros— usar la cooperación internacional para procesos contra el Estado.

¿De qué trata la Ley AntiONG?
Con ochenta y dos votos a favor, dieciséis en contra y cuatro abstenciones, el Congreso aprobó el pasado 12 de marzo la ley contra las ONG. Este nuevo marco legal establece sanciones severas a las ONG que litiguen contra el Estado peruano.
La Comisión de Relaciones Exteriores fue la encargada de gestionar y aprobar inicialmente este dictamen, el cual ya había sido cuestionado por expertos en derechos humanos y representantes de la sociedad civil. Una de las principales modificaciones incorpora como “falta grave” el patrocinio o asesoramiento legal de casos relacionados con violaciones a los derechos humanos a nivel interno e internacional. Así, organizaciones especializadas en este tipo de litigios, como el Instituto de Defensa Legal (IDL), se verían impedidas de actuar.
Carlos Rivera, abogado de IDL, manifestó que esta norma podría dejar sin representación legal a numerosas víctimas. “Las personas perjudicadas por esta norma serán las víctimas de violaciones de derechos humanos que se quedarán sin abogados”, explicó. Según Rivera, esto afectará casos emblemáticos, como ejecuciones extrajudiciales, violaciones ocurridas durante el conflicto armado interno, protestas recientes contra el gobierno de Dina Boluarte, entre otros. En sus palabras, “es lo más inconstitucional que se ha publicado desde las leyes de Amnistía del 95″.
Una de las críticas más destacadas a esta normativa es el endurecimiento de los requisitos para que las ONG coordinen proyectos financiados por cooperación técnica internacional. Antes de la promulgación, estas organizaciones podían declararlos de forma autónoma y estar sujetas a fiscalización eventual por la Agencia Peruana de Cooperación Internacional (APCI). Sin embargo, ahora se requerirá que la APCI apruebe previamente todos los planes, programas y actividades, lo que, según los detractores, incrementa el control estatal sobre las acciones de estas instituciones. Rivera lo ilustra de manera categórica: “El nivel de agresión contra los derechos constitucionales es extremadamente grave”.
Las sanciones incluidas en la norma han sido otro punto de discordancia. Rivera expresó que multas de hasta 500 Unidades Impositivas Tributarias (UIT) serían inviables para cualquier organización que litigue con el Estado por casos de derechos humanos. “Eso ninguno lo puede soportar”, añadió. Según él, las multas y restricciones reflejan una estrategia concertada de sectores políticos como el fujimorismo y el gobierno de Boluarte para imponer una agenda que deje sin defensa a las víctimas de abusos.
El abogado también subrayó que una de las motivaciones detrás de esta normativa podría estar vinculada a la reciente ley de prescripción de violaciones de derechos humanos, cuyo impulso en el Parlamento favorece a exmilitares implicados en crímenes de este tipo. Rivera comentó que “por alguna razón, han tomado la decisión de dejar sin defensa a las víctimas”.
Rivera adelantó a Infobae Perú que se están evaluando diversas acciones legales, incluyendo una potencial demanda de inconstitucionalidad. Según él, esta debería ser presentada por colegios profesionales, como el de abogados, dada la complejidad del tema.
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