
En víspera de Navidad, los trabajadores del sector público disfrutaron de un merecido descanso, pues el gobierno de Dina Boluarte decretó el 23 y 24 de diciembre como días no laborables.
Pero, una de las preguntas más frecuentes cuando se da este beneficio es si después deberán recuperar las horas que descansaron. Bueno, la respuesta es que sí.
Según lo dispuesto por la normativa vigente, estos días no laborables están sujetos a compensación posterior, lo que significa que los empleados deberán recuperar las horas no trabajadas en fechas acordadas con sus empleadores.

Entonces, si en diciembre se establecieron 5 días no laborables: el viernes 6, lunes 23, martes 24, lunes 30 y el martes 31, los trabajadores estatales deberán recuperar un total de 40 horas.
Sector público y privado
Según el marco legal vigente, las horas dejadas de trabajar durante estos días deberán ser compensadas, pero la forma en que esto se lleva a cabo varía según el sector. En el ámbito público, el Decreto Supremo establece que las horas no laboradas deben ser recuperadas dentro de los diez días posteriores o en un plazo definido por la entidad pública correspondiente, dependiendo de sus necesidades operativas.
Por otro lado, en el sector privado, la situación es distinta. El acogimiento a los días no laborables es voluntario, lo que significa que la decisión de permitir o no este tipo de descanso recae en el empleador.

En este contexto, tanto empleadores como trabajadores deben llegar a un acuerdo sobre cómo y cuándo se compensarán las horas no trabajadas. En algunas empresas, es común que se establezcan costumbres laborales, como la práctica de otorgar medio día libre el 24 de diciembre, día previo a la Navidad.
Pago por feriado
El feriado aplica tanto para los trabajadores del sector público como del privado, sin que exista la obligación para los empleados de “recuperar” las horas no trabajadas, a diferencia de lo que ocurre en el sector público los días no laborables.
En caso de que el trabajador deba laborar durante el feriado, como sucede en sectores como el hotelero, supermercados, tiendas por departamento, industrias, minería y telecomunicaciones, la legislación establece que el empleado recibirá, además de su salario habitual, un pago adicional por el día trabajado. Este pago corresponde a un valor doble del jornal diario regular por cada feriado laborado.

Por ejemplo, si un trabajador tiene un sueldo mensual de S/ 1,500, su remuneración diaria sería de S/ 50 (1500 dividido entre 30 días). Si descansa el feriado, su salario mensual será el mismo, es decir, S/ 1,500, pero recibirá S/ 50 adicionales por el feriado.
Sin embargo, si trabaja durante el feriado, su pago se duplicará, es decir, ganará S/ 100 por ese día. Esta compensación no aplica si el empleador otorga al trabajador un día de descanso adicional, lo cual se considera una compensación en forma de tiempo libre.
Feriados y días no laborables en diciembre
El Gobierno de Perú ha establecido una serie de días de descanso en diciembre de 2024, que incluyen tanto feriados oficiales como días no laborables, según lo estipulado en el Decreto Legislativo 713 y el Decreto Supremo 11-2024-PCM, publicados en el boletín de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano. Estas fechas, además de conmemorar eventos históricos y celebraciones tradicionales como la Navidad y el Año Nuevo, buscan fomentar el turismo interno y ofrecer a los trabajadores la posibilidad de disfrutar de fines de semana largos.

Según lo dispuesto por ley, diciembre contará con tres feriados oficiales y cuatro días no laborables adicionales. Estas jornadas de descanso están diseñadas para coincidir con fines de semana, lo que permite a los ciudadanos disfrutar de períodos de descanso prolongados. Esta medida no solo beneficia a los trabajadores, sino que también tiene como objetivo dinamizar la economía a través del turismo, incentivando los viajes dentro del país.
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