
El Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi) amplió los derechos antidumping definitivos a los tejidos de tafetán chinos, aplicados originalmente en febrero del 2023 mediante resolución N° 006-2023/CDB-INDECOPI, por afectar la rama de la producción nacional.
La nueva resolución N° 063-2024/CDB-INDECOPI, emitida por la Comisión de Dumping, Subsidios y Eliminación de Barreras Comerciales No Arancelarias del Indecopi, determina una nueva imposición de derechos antidumping sobre los tejidos 100% poliéster, crudos, blancos o teñidos de un solo color, de ligamento tafetán, y amplía la medida para las telas cuyo ancho oscile entre el 1.80 y los 2 metros. Antes, el límite era de 1.80.
Dicha restricción aplica para los productos cuyo peso unitario figure entre los 80 y 200 gramos por metro cuadrado de tela, y sean elaborados en base a fibras discontinuas con un contenido superior o igual al 85% en peso, cualquiera sea el uso declarado, originarios de la República Popular China. La medida también alcanza, expresamente, a los importadores de tafetán chino que hacen escala desde Malasia para evadir los derechos antidumping del Perú.
En el marco de la Ley N° 31089, que enfrenta las prácticas de elusión de derechos antidumping y compensatorios, Indecopi informa haber verificado un “cambio en el patrón de comercio de las importaciones de tejidos de ligamento tafetán 100% poliéster, desde la imposición de los derechos antidumping vigentes (esto es, a partir de febrero de 2023)”.
Los tejidos de origen chino materia de presuntas prácticas de elusión que fueron importados durante el periodo posterior a la aplicación de los derechos antidumping vigentes (enero – setiembre de 2023), presentan una variación en el ancho (entre 1.80 y 2 metros) respecto a los tejidos afectos a tales medidas de defensa comercial (ancho menor a 1.80 metros).
Para el Indecopi, esto constituye una modificación menor o no sustancial, pues salvo ese aspecto referido al ancho, “los tejidos objeto de presuntas prácticas de elusión y los tejidos sujetos a derechos presentan aspectos idénticos en el resto de características físicas relativas a la composición, acabado, ligamento, gramaje y tipo de fibra”.
“La modificación menor antes descrita no ha implicado un cambio en las características esenciales del producto sujeto a derechos antidumping, pues sin perjuicio de ello, los tejidos objeto de presuntas prácticas de elusión y los tejidos afectos a las referidas medidas antidumping siguen el mismo proceso productivo para su fabricación, tienen los mismos usos (principalmente, para la confección), son distribuidos bajo los mismos canales de comercialización y se clasifican bajo las mismas subpartidas arancelarias”, detalla el documento.

¿Qué son los derechos antidumping?
Los derechos antidumping son herramientas cruciales utilizadas a nivel internacional para contrarrestar prácticas desleales en el comercio global, específicamente el dumping. Este fenómeno ocurre cuando una empresa exporta productos a un precio significativamente más bajo que el que habitualmente se maneja en su mercado local o incluso al costo de producción. Las empresas utilizan esta estrategia para ganar terreno en mercados extranjeros, desplazar a competidores locales o desestabilizar industrias nacionales.
Dada la naturaleza perjudicial del dumping, muchas naciones implementan derechos antidumping para proteger sus economías. Estas tarifas adicionales se imponen sobre productos importados que se identifican como sujetos a dumping. El objetivo principal de estas medidas es mantener un terreno de competencia equitativo para los productores locales, evitando que enfrentamientos comerciales globales perjudiquen sus negocios.
Cabe destacar que la aplicación de los derechos antidumping conlleva un proceso riguroso de investigación y determinación. Los gobiernos deben comprobar que el dumping está ocurriendo y que está afectando negativamente a la industria local antes de imponer estas tarifas adicionales. Esta verificación detallada es esencial para evitar la implementación injustificada de estas medidas y mantener la integridad del comercio global.
El dumping no es un problema menor, y su impacto puede ser vasto y profundo, afectando a sectores completos de la economía nacional. Al imponer derechos antidumping, los gobiernos no solo protegen a sus productores locales, sino que también garantizan el mantenimiento de una competencia justa y equitativa en el mercado internacional.

El comercio entre Perú y China
En 2009, Perú firmó un Tratado de Libre Comercio (TLC) con China, que tuvo un impacto significativo en la relación comercial entre ambos países. Actualmente, dicho acuerdo se encuentra en proceso de modernización para incluir políticas más robustas en áreas como la propiedad intelectual, las inversiones y la diversificación de productos.
Durante el año pasado, China se consolidó como el principal socio comercial de Perú, desplazando significativamente a Estados Unidos, que ocupaba esa posición anteriormente.
Según los datos recientes, el 36% de las exportaciones peruanas tuvieron como destino el gigante asiático, mientras que Estados Unidos recibió solamente un 14 %. Esta diferencia marca una reestructuración importante en la balanza de comercio exterior del país sudamericano.
El intercambio comercial con el gigante asiático no solo se ha reflejado en las exportaciones. Perú logró alcanzar un superávit de US$14.000 millones en su comercio total durante el año pasado. De ese total, un asombroso 76% (US$10.000 millones) provino de su relación comercial con China.

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