Congreso legisla a favor de organizaciones criminales: aprueban cambios que excluye más de 50 delitos

Comisión Permanente votó a favor del proyecto que plantea modificaciones peligrosas en la definición de organización criminal, y que establece la presencia obligatoria de un abogado durante los allanamientos

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La Comisión Permanente del Congreso de la República aprobó este jueves 4 de julio el texto sustitutorio del dictamen del Proyecto de Ley 5981, que modifica la definición de organización criminal y obliga a que los allanamientos se realicen con la presencia del involucrado y su abogado. La decisión tomada en segunda votación resultó con 12 votos a favor, tres en contra y nueve abstenciones.

La nueva normativa establece el siguiente cambio: “Se considera organización criminal a todo grupo con compleja estructura desarrollada y mayor capacidad operativa compuesto por tres o más personas con carácter estable, permanente o por tiempo indefinido que, de manera concertada y coordinada, se reparten roles correlacionados entre sí, para la comisión de delitos graves sancionados con pena privativa de libertad mayor de seis años, con el fin de obtener, directa o indirectamente el control de la cadena de valor de una economía o mercado ilegal, para obtener un beneficio económico”.

El peligro de ello es que fija criterios más altos para calificar el delito de organización criminal y podría obstaculizar las investigaciones. Ricardo Valdés, exviceministro del Interior y actual director ejecutivo de la organización CHS Alternativo, advirtió que la nueva definición de crimen organizado implicará que solo se consideren delitos graves aquellos con penas superiores a seis años de cárcel.

Perú 'en la mira' de
Perú 'en la mira' de organizaciones criminales internacionales. (Foto: Andina)

Asimismo, crímenes graves como tráfico de órganos y tejidos, tráfico ilícito de migrantes y tráfico ilegal de datos personales también quedarían fuera del alcance de la ley revisada. Esto excluye de esa categoría delitos como estafa agravada, tráfico de productos pirotécnicos, tala ilegal, tortura simple, concusión, colusión simple, peculado, cohecho pasivo, soborno internacional pasivo, negociación incompatible y enriquecimiento ilícito básico, entre otros.

La reducción en la cantidad de delitos procesados bajo las estrictas normas actuales debilitaría la lucha contra el crimen organizado, según advirtieron estas instituciones. Valdés afirmó que el Congreso está legislando a favor de la criminalidad. “La ley consideraba más de 90 tipos penales como crimen organizado, pero ahora —que han subido la valla— están dejando fuera 59 delitos”, indicó.

La propuesta legislativa además, limita las facultades del Ministerio Público para solicitar el bloqueo de cuentas bancarias relacionadas con ingresos pensionarios y activos de partidos políticos. También los fiscales perderían la capacidad de extender la detención preliminar de 3 a 10 días, como lo permite la legislación penal actual.

Tala ilegal. EFE/Sengo Perez/Archivo
Tala ilegal. EFE/Sengo Perez/Archivo

Aprueban allanamientos con presencia de involucrado y abogado

Sobre el allanamiento, la ley establece que debe realizarse con la presencia del interesado y su abogado. En caso de no contar con un abogado, se le proporcionará uno de oficio. El exprocurador anticorrupción Antonio Maldonado, en diálogo con El Comercio, expresó que laa ley compromete las obligaciones internacionales del Estado peruano en la lucha contra el crimen organizado, incluidas en la Convención de Palermo.

La propuesta fue impulsada por el congresista Américo Gonza de Perú Libre, presidente de la Comisión de Justicia del Congreso, en base a un proyecto presentado por Waldemar Cerrón, hermano del prófugo Vladimir Cerrón.

Diversas instituciones del Estado, como el Ministerio del Interior y la Policía Nacional del Perú, se manifestaron en contra del proyecto. Según advirtieron, la modificación debilita la lucha contra las organizaciones criminales y crea ámbitos exentos de control que podrían propiciar la impunidad.

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