
Nicaragua otorgó una concesión minera a CUKRA Development Corporation en Kukra Hill sobre 225,03 hectáreas, en una decisión que se inscribe en un proceso más amplio de expansión extractiva marcado por la cesión de tierras estatales y comunitarias, la flexibilización de controles legales y una proyección oficial que busca llevar la superficie concesionada del país hasta el 40 % del territorio.
El dato se conoce por una publicación de La Gaceta Nicaragua, donde consta que el lote “El Almendro” fue concedido el 14 de mayo de 2026 por la Dirección General de Minas. La nueva área se ubica en el municipio de Kukra Hill, en la Región Autónoma de la Costa Caribe Sur, una zona donde también pesan denuncias por superposición de lotes mineros sobre territorios indígenas y afrodescendientes titulados.
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La ampliación de este modelo ocurre en un contexto de fuerte concentración territorial. Cerca del 25 % del territorio nacional ya ha sido concesionado para minería industrial y reservas, mientras que la proyección oficial apunta al 40 %. Solo las empresas de origen chino controlan más del 8 % del territorio, según la información de medios nacionales.
La concesión en Kukra Hill fue aprobada tras dictámenes técnicos, legales y catastrales
La resolución oficial señala que CUKRA Development Corporation presentó la solicitud el 20 de noviembre de 2025 para explotar minerales en “El Almendro”. El lote tiene una superficie de 225,03 hectáreas y quedó localizado formalmente en Kukra Hill, dentro de la RACCS.
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De acuerdo con la publicación oficial, la empresa cumplió con los requisitos previstos en la Ley 387, la Ley Especial sobre Exploración y Explotación de Minas. El expediente también incorporó un dictamen catastral minero del 9 de diciembre de 2025, que concluyó que las coordenadas presentadas satisfacían los requisitos de ley.
El trámite sumó además un dictamen técnico fechado el 4 de mayo de 2026 y un dictamen legal del mismo día, ambos favorables a la solicitud. A eso se añadieron una opinión favorable de la Procuraduría para las Municipalidades y la aprobación del Concejo Regional de la Costa Caribe Sur.
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La resolución firmada por el director general de Minas Norman Henríquez Blandón sostiene que la compañía acreditó capacidad técnica y financiera para desarrollar las actividades mineras y que estaba legitimada para realizar ese aprovechamiento. Con esa base, la autoridad dispuso el otorgamiento de la concesión el 14 de mayo de 2026 en Managua.
El avance minero coincide con la eliminación de salvaguardas y reclamos por despojo
La concesión a CUKRA Development Corporation se produce después de reformas legales que, según La Gaceta, desmantelaron controles institucionales. Entre esos cambios figura la modificación de normas como la Ley 1128 para eliminar estudios de impacto ambiental y consultas públicas obligatorias.
Ese marco también quedó atravesado por maniobras para eludir sanciones. Tras las sanciones impuestas por Estados Unidos a la Empresa Nicaragüense de Minas, ENIMINA, el Estado transfirió y reconfiguró concesiones a nombre de empresas extranjeras sin historial público, con el objetivo de evitar bloqueos financieros.
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El impacto no se limita al plano administrativo. Comunidades rurales e indígenas denuncian el ingreso de empresas mineras privadas que cercan tierras y anulan la propiedad comunal y la propiedad privada campesina sin orden judicial.
En el caso concreto de “El Almendro”, el título obliga al concesionario a pagar derechos de vigencia o superficiales y una regalía del 3 % sobre el valor de las sustancias extraídas. La empresa también deberá entregar información anual sobre sus actividades y permitir inspecciones de la Dirección General de Minas-PGJ.
La resolución agrega otras condiciones: cumplir normas de seguridad laboral y protección ambiental y de recursos naturales, inscribir el título en el Registro Público de la Propiedad y publicarlo en el diario oficial a su costa dentro de 30 días. Antes de cualquier actividad minera, además, deberá solicitar permiso a los propietarios de los terrenos ubicados dentro del área concedida.
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La autorización también prohíbe trabajos de exploración y explotación a menos de 100 metros de pueblos, cementerios, edificios religiosos, pozos y vías de comunicación. El concesionario deberá demarcar el terreno con mojones en sus vértices e iniciar actividades de exploración dentro de un plazo máximo de cuatro años, prorrogable por un año más.
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