
En México, portar o intentar usar billetes falsos constituye un delito federal sancionado con penas de 5 a 12 años de prisión y multas de hasta 500 días, según el Código Penal Federal.
El delito se consuma cuando una persona almacena, distribuye, circula o utiliza moneda apócrifa con conocimiento de su falsedad, e incluso tratar de deshacerse de ellos de manera intencionada activa consecuencias legales. El Banco de México retiene estos billetes y el dueño pierde su valor nominal.
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Consecuencias legales por portar o usar billetes falsos
El Código Penal Federal establece que almacenar, distribuir, circular o utilizar moneda falsa a sabiendas expone a quien lo haga a una sanción de 5 a 12 años de prisión y una multa de hasta 500 días.
La gravedad del delito radica en que, al intentar deshacerse de un billete falso mediante un pago en comercios, transporte público o mercados, la persona consuma la conducta penal tipificada. La sanción incluye la pérdida definitiva del dinero falso: ninguna institución financiera devuelve el valor nominal de esa pieza.
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Las autoridades atribuyen a la CONDUSEF la recepción de 30 reclamaciones por entrega de billetes falsos o mutilados en sucursales o cajeros automáticos durante 2017. Las cifras oficiales muestran que el fenómeno tiene repercusiones en la confianza del sistema financiero y la economía cotidiana.
Procedimiento ante la recepción de un billete falso
La recomendación principal es no reintegrar el billete falso a la circulación. Volverlo a poner en movimiento mediante pagos constituye el acto punible. En cambio, lo correcto es acudir a una institución bancaria, única instancia autorizada para la retención de piezas presuntamente falsas. Al entregar el billete, el banco debe proporcionar un Recibo de Retención de Monedas Metálicas y/o Billetes Presuntamente Falsos con un número de folio.
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El banco cuenta con un plazo de 20 días hábiles bancarios para enviar la pieza retenida al Banco de México, donde se realiza un análisis técnico. En un máximo de 10 días hábiles bancarios posteriores, la institución publica el resultado de la verificación. Si el billete resulta auténtico, el usuario recupera su dinero; si se confirma la falsedad, el billete se da de baja y se pierde el valor.
Reclamaciones en cajeros automáticos o sucursales bancarias
En caso de recibir un billete falso de un cajero automático o ventanilla bancaria, la persona tiene hasta 5 días hábiles bancarios para presentar una reclamación formal ante la institución propietaria del cajero o sucursal. El procedimiento exige entregar la pieza y una copia de identificación oficial, junto con un relato por escrito sobre cómo se obtuvo el billete, detallando sucursal, fecha y hora.
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Si el billete ya fue retenido por otro banco, se deberá entregar el comprobante correspondiente. También es recomendable presentar el comprobante de la transacción, como el recibo del cajero automático. La institución tiene un plazo de 5 días hábiles bancarios para verificar que la operación se realizó conforme a lo señalado. Si la reclamación procede, la institución reembolsa el importe de la pieza; en caso negativo, debe informar por escrito las razones de la negativa.
La CONDUSEF recuerda que, si el usuario no queda conforme con la respuesta del banco, puede presentar una reclamación ante la propia comisión.
Elementos de seguridad en los billetes mexicanos

La CONDUSEF recomienda verificar los elementos de seguridad de los billetes antes de aceptarlos. Entre estos, se encuentran el relieve, la marca de agua, el hilo microimpreso, el hilo de seguridad, la ventana transparente y el elemento que cambia de color. Estos mecanismos permiten distinguir una pieza auténtica de una apócrifa en operaciones cotidianas.
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Para dudas o consultas adicionales, la CONDUSEF pone a disposición el teléfono 01 800 999 8080 y su página oficial www.gob.mx/condusef.
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