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SEP y escuelas privadas, en la mira por caso Dafne: exigen revisión tras feminicidio y acusan falta de supervisión efectiva

La ODI acusa que la falta de supervisión y coordinación entre autoridades expone a niñeces y adolescencias a violencia y daños.

El caso de la muerte de Dafne Zapata en Tamaulipas llegó a los escritorios de la SEP.
Crédito: Facebook
El caso de la muerte de Dafne Zapata en Tamaulipas llegó a los escritorios de la SEP. Crédito: Facebook
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La Secretaría de Educación Pública (SEP) y las escuelas privadas enfrentan cuestionamientos tras el feminicidio de Dafne Zapata, adolescente de 13 años que murió tras ingresar a un campamento de verano en una escuela militarizada, en Ciudad Madero, Tamaulipas.

El caso reabrió una pregunta central para autoridades federales y estatales: quién protege a niñas, niños y adolescentes frente a riesgos y agresiones en establecimientos privados que ofrecen servicios educativos, recreativos o extraescolares, en especial cuando operan bajo esquemas de “educación militarizada” o se anuncian como tales.

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En este contexto, la Oficina de Defensoría de los Derechos de la Infancia (ODI) acusó que la falta de supervisiones efectivas y la falta de coordinación entre autoridades dejan a niñeces y adolescencias expuestas a riesgos de violencia y a daños a su integridad.

Según la ODI, el 27 de julio de 2026 el Secretario de Educación Pública afirma que la educación “militarizada” “no está permitida” por la Secretaría de Educación Pública (SEP), pero tampoco por la Secretaría de la Defensa Nacional (SEDENA). La ODI enmarca esas declaraciones en el caso de Dafne Zapata y plantea una pregunta: quién protege a niñeces y adolescencias de todo tipo de violencias en establecimientos privados que ofrecen servicios educativos u otros servicios recreativos o extraescolares.

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La ODI reporta que, de acuerdo con el sitio digital de la Secretaría de Educación del estado de Tamaulipas, la Academia Militarizada de Marina Doenitz está registrada ante esa autoridad educativa para prestar el servicio educativo a nivel secundaria con la clave 28PST0049L.

Con base en esa información, la ODI sostiene que la autoridad educativa local debía supervisar que la escuela operara dentro del marco jurídico educativo constitucional y legal. También afirma que, incluso si un establecimiento no estuviera registrado, es obligación de las autoridades educativas detectar y supervisar, por sí mismas o en coordinación con otras autoridades, a quienes ofrezcan servicios educativos sin estar autorizados.

En el ámbito federal, la ODI denuncia que “no existen mecanismos efectivos de supervisión” y afirma que distintas autoridades han llamado la atención a la SEP para que cumpla con sus obligaciones.

La ODI enumera antecedentes: en 2012, la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) señala a la SEP por falta de supervisión efectiva de escuelas públicas a nivel preescolar; en 2022 se declara responsable solidaria a la SEP y se le obliga a generar mecanismos efectivos de supervisión para prevenir actos de violencia; y en 2024 la CNDH reitera un llamado a la Autoridad Educativa Federal en la Ciudad de México (AEFCM) por deficiencias legales y prácticas en la supervisión de una escuela particular donde ocurren actos de violencia contra niñas y niños.

La ODI afirma que informa a la SEP “en diversas ocasiones” sobre la necesidad de verificar y, en su caso, modificar los mecanismos de supervisión de escuelas particulares, “sin que a la fecha se haya hecho ese análisis”.

En el mismo posicionamiento, la ODI sostiene que las autoridades educativas actúan tarde, cuando el caso ya se vuelve mediático.

De acuerdo con la ODI, la SEP y las autoridades educativas locales no tienen mecanismos de supervisión efectiva para:

Detectar por sí mismas establecimientos que, sin estar autorizados, operan o se ostentan como escuelas privadas.

Detectar escuelas privadas que no cumplen con la normativa educativa o que rebasan la autorización otorgada.

Hacer cumplir de forma rápida la legislación educativa.

En su argumentación, la ODI citó la Convención de Derechos del Niño para señalar que el Estado debe adoptar las medidas necesarias para proteger a niñeces y adolescencias frente a todo tipo de violencia que pudieran realizar empresas.

Bajo normas mexicanas, agrega, la SEP y las autoridades educativas locales están obligadas a supervisar a quienes prestan servicios educativos para evitar vulneraciones de derechos.

La ODI también denuncia falta de coordinación entre la SEP, autoridades educativas locales y otras autoridades administrativas, como la PROFECO, instancias de verificación administrativa o autoridades de seguridad civil, para detectar irregularidades en escuelas particulares y centros que ofrecen servicios educativos o extraescolares.

Además, afirmó que no existen mecanismos de supervisión efectiva de establecimientos o empresas educativas, o que tienen contacto con niñeces, para prevenir violencias o riesgos a su integridad.

La ODI incluye como referencia el caso de Dafne Zapata y, además, menciona actos de violencia denunciados contra personas adolescentes en la escuela normal rural Mactumactzá, en Chiapas, como otro ejemplo de riesgos por falta de supervisión.

A partir de estos señalamientos, la ODI concentra sus peticiones en cuatro puntos: llama a la SEP y a autoridades educativas locales a revisar y, en su caso, reformar los mecanismos de supervisión de escuelas privadas para evitar todo tipo de violencias; y revisar y modificar mecanismos de detección, medidas urgentes o cautelares y sanción para establecimientos no autorizados que se ostentan como escuelas.

Asimismo, generar mecanismos de coordinación para la prevención y detección de irregularidades y la supervisión efectiva de establecimientos privados que prestan servicios educativos o extraescolares; y solicita a autoridades de procuración de justicia una investigación diligente de los hechos, determinar responsabilidades de autoridades y personas y garantizar reparación integral por la muerte de Dafne Zapata.

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