
Los aspirantes que aseguran haber aprobado el examen de admisión de laUNAMsin trampa recurrieron a la vía legal para defender sus lugares, pero los amparos que presentaron llegaron a los juzgados con errores ortográficos, actos reclamados de tres palabras y redacciones que los propios tribunales consideraron insuficientes para continuar.
Los juzgados pidieron correcciones con advertencia de desechar las demandas
Las demandas fueron presentadas el 28 y 29 de julio y turnadas a los juzgados Noveno y Decimotercero de Distrito en Materia Administrativa de la Ciudad de México, a cargo de las juezas Verónica Yessel Beltrán Murguía y Adriana Judith Uribe Vidal, respectivamente. Ninguna ha admitido los amparos a trámite ni ha concedido suspensión alguna.
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La jueza Beltrán Murguía, titular del Juzgado Noveno, requirió al promovente que subsane las deficiencias de su escrito en un plazo de cinco días. El apercibimiento es directo: si no atiende las observaciones, la demanda se tendrá por no presentada, de acuerdo con SinEmbargo.
La jueza Uribe Vidal, del Juzgado Decimotercero, emitió un requerimiento en el mismo plazo pero con una justificación distinta. Según Diario de México, la juzgadora señaló que el objetivo es corregir irregularidades para “no dejar en estado de indefensión al promovente” durante el trámite judicial.
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Los cuatro amparistas son Yamile Flor Nechar Álvarez, aspirante a Derecho; José Carlos Rodríguez Romero y otros aspirantes a Arquitectura; Edith González Barrios y otros solicitantes a Médico Cirujano y/o Derecho, y Oscar Josias Sánchez Ramos.
Tres actos reclamados que los registros públicos dejan al descubierto
Los registros judiciales disponibles muestran con precisión cómo fueron redactados los actos reclamados en cada amparo. El primero, presentado el 29 de julio desde la alcaldía Álvaro Obregón e invocando los artículos 1, 14, 16 y 17 constitucionales, identifica el acto reclamado con tres palabras: “CANCELACIÓN DE EXAMEN UNAM”, sin desarrollo jurídico adicional.
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El segundo, también del 29 de julio y de la misma alcaldía, consigna: “DECISION DE ANULAR EL EXAMEN PARA ACCEDER A LA CARRRERA DE MEDICO CIRUJANO Y/O FACULTAD DE DERECHO”. El escrito omite tildes en “decisión” y “médico”, y duplica la letra “r” en “carrera”. Al día siguiente, el 30 de julio, el juzgado emitió resolución para que “la parte quejosa desahogue diversos requerimientos”.

El tercero, fechado el 12 de enero de 2026 y presentado desde la alcaldía Coyoacán con los artículos 14 y 16 como sustento, describe el acto reclamado como: “CONVOCATORIA E INSTRUCTIVO PARA PARTICIPAR EN EL CONCURSO DE SELECCIÓN DE INGRESO A LICENCIATURA 2026. CANCELAR EXAMEN. NEGATIVA DE RECIBIR DOCUMENTOS Y NEGAR LA INSCRIPCIÓN A LA CARRERA DE DERECHO EN LA UNAM”. La redacción mezcla el nombre del proceso de admisión con los actos que se impugnan, sin distinción entre ellos.
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El examen de control, origen del conflicto legal
La controversia se originó tras el primer examen virtual de admisión aplicado por la UNAM en su historia. El Comité Técnico de la institución detectó resultados “atípicos” y recomendó al rector Leonardo Lomelí aplicar una prueba de control presencial a los aspirantes seleccionados. El comité señaló el presunto uso de herramientas de inteligencia artificial como una de las causas de las irregularidades.
El 31 de julio, la UNAM confirmó que aplicaría el examen de control. Lomelí ofreció disculpas a los aspirantes que acreditaron la prueba de forma regular y llamó a la comunidad estudiantil a no recurrir a la trampa. La universidad también retrasó dos semanas el inicio del ciclo escolar a nivel superior, que quedó fijado para el 31 de agosto.
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Protestas en Insurgentes Sur mientras los amparos esperan resolución
El 3 de agosto, un grupo de aspirantes que aprobaron el examen virtual protestó sobre Insurgentes Sur, en inmediaciones de la rectoría de la UNAM. La movilización tuvo como objetivo rechazar el examen de control; los manifestantes argumentaron que la nueva prueba no estaba contemplada en la convocatoria original.
Una vez que los cuatro amparistas corrijan las deficiencias señaladas por los juzgados, los tribunales determinarán si admiten las demandas y si otorgan o no la suspensión del acto reclamado.
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