
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) informó este martes 8 de julio que el Pleno analiza los alcances de la protección jurídica de la obra de Frida Kahlo, a partir de un asunto en el que discute si un decreto puede impedir la salida definitiva del país de piezas que pertenecen a privados.
En un mensaje publicado en su cuenta oficial, la SCJN detalló que el Pleno reasumió su competencia para resolver si el decreto que protege toda la obra de Frida Kahlo puede frenar su salida de México “incluso cuando pertenece a particulares”, o si esa restricción rebasa lo previsto en la ley. El caso se tramitó como la Solicitud de Reasunción de Competencia126/2026.
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Decreto de 1984 prohíbe la exportación de la obra de Frida Kahlo

De acuerdo con información del Senado de la República, el 18 de julio de 1984, el presidente Miguel de la Madrid publicó en el Diario Oficial de la Federación un decreto que declaró monumento artístico toda la obra de Frida Kahlo Calderón. La protección abarca obra de caballete, obra gráfica, grabados y documentos técnicos, sin importar si son propiedad de la nación o de particulares.
En el artículo 6, el decreto establece: “Queda prohibida la exportación de las obras de la artista Frida Kahlo Calderón. En casos excepcionales el Instituto Nacional de Bellas Artes y Literatura podrá autorizar la exportación temporal de las obras, atendiendo a la conveniencia de la difusión de la cultura nacional en el extranjero, siempre y cuando no se comprometa su integridad y se otorguen garantías confiables para asegurar su retorno”.
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Dicho documento impone otras dos obligaciones. El artículo 7 señala que el Instituto Nacional de Bellas Artes y Literatura “deberá procurar, por todos los medios a su alcance, la repatriación de las obras de Frida Kahlo Calderón que se encuentran en colecciones de particulares en el extranjero”.
También, el artículo 3 ordena que cualquier operación relacionada con esas obras conste en escritura pública. Esa exigencia comprende cambios de propiedad y desplazamientos temporales.
11 pinturas de Frida Kahlo en la Colección Gelman concentran el reclamo por su permanencia fuera de México

La preocupación se concentra en 11 pinturas de Kahlo que forman parte de la Colección Gelman, un conjunto de aproximadamente 220 obras que integran la colección. De ese total, 28 tienen Declaratoria de Monumento Artístico, y las piezas de la pintora conforman el segundo acervo más grande de la artista en el mundo.
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Originalmente, la Colección Gelman fue reunida o por Jacques y Natasha Gelman desde la década de 1940. Incluye obras de Frida Kahlo, Diego Rivera, David Alfaro Siqueiros, José Clemente Orozco, María Izquierdo, Rufino Tamayo y otros autores del arte mexicano del siglo XX.
Se plantea que el problema no es sólo museográfico, sino jurídico. La salida prolongada de las obras podría vaciar de contenido la protección que el Estado mexicano impuso sobre la producción de Kahlo.
Acuerdo con Santander abrió dudas sobre la temporalidad de la salida

En enero de 2026, Banco Santander anunció un acuerdo de “gestión a largo plazo y renovable” con la familia Zambrano, propietaria actual de la serie desde 2023. A partir de ese convenio, el acervo pasó a denominarse “Colección Gelman Santander” y es exhibida desde junio de 2026 en el Faro Santander, en España.
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Daniel Vega Pérez, director del Faro Santander, declaró ante medios españoles que la legislación mexicana es “flexible” y que la renovación de permisos temporales de exportación constituye “un mero trámite”.
El pasado 10 de marzo, un grupo de 110 integrantes de la comunidad cultural firmó una carta abierta para expresar su preocupación por la falta de transparencia en los acuerdos relacionados con la colección.
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