
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) decidió reabrir la discusión sobre la sentencia de 2018 que ordenó la creación de la Comisión para la Investigación y la Verdad en el caso Iguala, acción que colectivos civiles consideran un retroceso para el esclarecimiento de los hechos y el acceso a la justicia.
El fallo, dictado hace ocho años, reconoció violaciones graves a derechos humanos y la necesidad de una investigación autónoma, pero la reciente atracción de recursos extraordinarios por parte de la Corte introduce nuevos retrasos en el cumplimiento de una resolución firme, según organizaciones.
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La decisión se da a poco más de dos meses de que se cumplan 12 años de la desaparición de los 43 estudiantes normalistas.
La atracción de los amparos en revisión extraordinaria fue solicitada por la actual Consejería Jurídica de la Presidencia de la República en 2026, con el argumento de que existe una imposibilidad jurídica y material para cumplir la sentencia.
La postura de la presidencia retoma los mismos argumentos presentados por la administración anterior y mantenidos por el entonces presidente López Obrador.
La Corte reabre una resolución firme sobre el caso Iguala
El Pleno de la Suprema Corte resolvió ejercer su facultad de atracción en la Solicitud de Ejercicio de la Facultad de Atracción 331/2026, respecto de cuatro amparos promovidos contra la sentencia del Primer Tribunal Colegiado del Décimo Noveno Circuito, emitida en mayo de 2018.
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Esta medida permite revisar los efectos de una sentencia definitiva y pone en tensión el principio de cosa juzgada, advierten las organizaciones civiles.
El fallo de 2018, difundido en su momento por el Consejo de la Judicatura Federal, ordenó reponer la investigación ante irregularidades y dispuso la creación de un mecanismo extraordinario para garantizar una investigación independiente y efectiva.
Entre sus conclusiones, la sentencia subrayó que la versión oficial sobre el destino de los estudiantes, conocida como la “verdad histórica”, se apoyó en pruebas obtenidas bajo tortura y omitió explorar líneas de investigación sobre la participación del Ejército.
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La resolución también reconoció a las familias de los estudiantes como víctimas indirectas en los recursos que hoy revisa la Corte.
Los juicios de amparo, de los que deriva la sentencia, fueron iniciados por los acusados; las madres y padres de los normalistas no participaron como parte procesal en el proceso original.
Retrasos y cuestionamientos a la seguridad jurídica
Tras la publicación de la sentencia, autoridades del gobierno de Enrique Peña Nieto promovieron revisiones extraordinarias, argumentando que debieron haber sido llamadas al juicio.
Estos recursos permanecieron sin trámite durante varios años y comenzaron a admitirse hasta octubre de 2025.
El 7 de julio de 2026, la Suprema Corte determinó por unanimidad atraer estos recursos extraordinarios sin discusión pública sobre sus implicaciones.
La ministra Sara Irene Herrerías Guerra se excusó de participar en la votación, ya que la investigación penal depende de una unidad que encabezó en la Fiscalía Especializada en materia de Derechos Humanos.
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Organizaciones civiles advierten que la revisión extraordinaria no está prevista de forma expresa en la Constitución ni en la Ley de Amparo, y representa una revisión de una sentencia firme, lo que genera incertidumbre sobre la certeza y firmeza de las resoluciones judiciales.
“Esta decisión permite reabrir la discusión sobre el alcance de una resolución firme que no solo desmontó la versión de la llamada ‘verdad histórica’, sino que abrió la oportunidad de crear un mecanismo de investigación extraordinario con participación de la Fiscalía General de la República, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos y las víctimas”, señalan las organizaciones.
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El caso Iguala continúa sin ser plenamente esclarecido, mientras persisten obstáculos como la opacidad de las Fuerzas Armadas por la negativa a entregar información y los pendientes en las extradiciones prioritarias, incluida la del entonces titular de la Agencia de Investigación Criminal.
Para los colectivos, la decisión de la Corte “difícilmente contribuirá a acelerar el acceso a la verdad y la justicia; por el contrario, prolonga la incertidumbre jurídica sobre una resolución relevante para el caso”.
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