
El Congreso de la CDMX presentó una iniciativa para sancionar el acceso indebido de hombres a espacios exclusivos para mujeres en el transporte público, al proponer reformas al Artículo 29 de la Ley de Cultura Cívica capitalina, según un comunicado difundido este 17 de junio.
De acuerdo con el Congreso local, la propuesta también considera falta cívica el ingreso sin autorización a espacios e inmuebles destinados a servicios públicos fuera de los horarios establecidos, conducta que se clasificaría como infracción contra el entorno urbano de la CDMX.
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La iniciativa se dio a conocer en una sesión virtual de la Comisión Permanente. El Congreso informó que la impulsa la diputada María del Rosario Morales Ramos, de la APPT, con el objetivo de contar con una norma más clara para sancionar a quienes invaden áreas destinadas a mujeres y menores de 12 años, incluidos los vagones del STC del Metro.
En su documento, Morales Ramos señaló que esta conducta ocurre con frecuencia y afecta la seguridad de las usuarias. También advirtió que el transporte público es un entorno donde niñas y mujeres enfrentan mayores riesgos de acoso, hostigamiento, agresión sexual y otras formas de violencia de género durante sus traslados cotidianos.
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La Mesa Directiva de la Comisión Permanente informó que la iniciativa se turnó a las comisiones de Justicia Cívica y Defensoría Pública, y de Seguridad Ciudadana, para su análisis y dictaminación.
La multa por entrar a áreas exclusivas para mujeres en el transporte de la CDMX va de 1 mil 244 a 4 mil 525 pesos

En la CDMX, invadir los espacios exclusivos para mujeres en Metro y Metrobús puede derivar en una multa, arresto o trabajo comunitario, porque esas áreas de acceso restringido fueron creadas para reducir el acoso sexual y dar condiciones de movilidad más seguras a las usuarias. La medida opera en el transporte público capitalino desde 2008 y también permite el ingreso de menores de 12 años.
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La sanción económica prevista va de 11 a 40 UMAS, equivalentes a 1 mil 244 y 4 mil 525 pesos, de acuerdo con la Ley de Cultura Cívica de la Ciudad de México. La misma norma contempla arresto de 13 a 24 horas o trabajo comunitario de seis a 12 horas, una vez que el caso llega ante un Juzgado Cívico.
En la capital, la regulación aplicable es la Ley de Cultura Cívica de la Ciudad de México. El artículo 29 de esa ley, en su fracción XI, sanciona “ingresar a zonas señaladas como de acceso restringido en los lugares o inmuebles destinados a servicios públicos, sin la autorización correspondiente o fuera de los horarios establecidos”.
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Esa disposición abarca los espacios exclusivos para mujeres en el transporte público. En esas zonas pueden entrar mujeres de cualquier edad y menores de 12 años.
La vigilancia de esa norma corresponde a elementos de seguridad como la Policía Bancaria e Industrial. Esos agentes pueden retirar a las personas que incumplan la disposición y remitirlas ante un Juzgado Cívico.
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El programa comenzó en 2008 y Metrobús lo replicó en 2010

El vagón exclusivo empezó a aplicarse formalmente en 2008 como parte del programa “Viaje Seguro”, impulsado por el entonces Instituto de las Mujeres del Distrito Federal. Ese año, el Sistema de Transporte Colectivo Metro introdujo los primeros vagones exclusivos para mujeres y menores de 12 años en horarios de mayor afluencia.
En 2010, el Metrobús adoptó un esquema similar con zonas de ascenso exclusivas para mujeres y menores en la parte frontal de los autobuses. Esas áreas fueron identificadas con distintivos rosas y contaron con personal de vigilancia para supervisar su uso.
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Por otro lado, las mujeres trans pueden entrar a los vagones exclusivos para mujeres del Metro y del Metrobús en la CDMX, de acuerdo con lo informado por ambos sistemas de transporte, que aseguran operar con lineamientos de inclusión y respeto a la diversidad.
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