
El Senado mexicano aprobó una reforma a la Ley Federal del Trabajo (LFT) para prohibir el uso del buró laboral —bases de datos que registran conflictos laborales de los trabajadores— como herramienta para condicionar contrataciones o despidos.
La iniciativa está pendiente de votación en la Cámara de Diputados y no podrá debatirse antes del 1 de septiembre, cuando el Congreso retome actividades tras el receso legislativo.
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El dictamen, aprobado el 24 de marzo de 2026, lleva el nombre formal de “Decreto por el que se reforma y adiciona diversos artículos de la Ley Federal del Trabajo, en materia de uso indebido de datos personales en procesos de contratación”.
Qué es el buró laboral y por qué preocupa

El buró laboral es una base de datos no oficial que recopila información sobre el historial de conflictos laborales de los trabajadores. Sus registros provienen de los Centros de Conciliación Laboral y los Tribunales Laborales, donde queda asentado cualquier proceso legal iniciado por un empleado, sin importar si ganó o perdió el caso.
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Diversas empresas han recurrido a estas listas para filtrar candidatos durante los procesos de selección. Un trabajador que alguna vez demandó a un patrón —aunque haya tenido razón— puede quedar marcado en el sistema y enfrentar obstáculos para conseguir empleo.
El documento oficial de la iniciativa, disponible en el Sistema de Información Legislativa (SIL) de la Secretaría de Gobernación, señala que esta práctica viola la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de Particulares, ya que los registros se comparten sin el consentimiento explícito del trabajador.
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Lo que prohíbe la reforma

Si la iniciativa se convierte en ley, ningún empleador podrá crear, usar ni difundir listas o registros de trabajadores que impliquen discriminación o exclusión en el acceso al empleo. La reforma establece que esa conducta será considerada una práctica desleal y discriminatoria, sujeta a sanciones.
La norma también impediría que cualquier sistema de recolección de datos personales —plataformas de monitoreo, registros de desempeño algorítmico o bases de historial laboral— se use como argumento para tomar decisiones adversas contra un empleado, ya sea despedirlo o bloquear su contratación.
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El artículo 133 de la LFT ya prohíbe que los patrones “tachen, señalen o pongan en índice” a los trabajadores para impedir que consigan empleo. La reforma busca actualizar ese marco ante el avance de las herramientas digitales de vigilancia.
Las voces que respaldaron el dictamen en el Senado

El senador Manuel Rafael Huerta Ladrón de Guevara (Morena) presentó el dictamen desde tribuna y afirmó que la iniciativa busca “eliminar mecanismos de discriminación en el mercado laboral” y que el buró laboral constituye una práctica discriminatoria y de exclusión.
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El senador Saúl Monreal Ávila (Morena) argumentó que el trabajo no puede estar condicionado por “listas negras” y que el buró laboral “excluye y silencia”. Señaló que por ninguna situación se podrán emplear registros que usen o difundan datos personales de trabajadores para limitar o condicionar su acceso al empleo.
El calendario que frena la reforma
La iniciativa fue turnada a la Cámara de Diputados tras su aprobación en el Senado, pero el Congreso entró en receso antes de que pudiera votarse en el pleno de San Lázaro. La Comisión Permanente, activa hasta el 31 de agosto, no tiene facultades para dictaminar proyectos de ley.
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El debate solo podrá retomarse a partir del 1 de septiembre de 2026, cuando inicie el siguiente periodo ordinario. De aprobarse sin modificaciones, la reforma entraría en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación (DOF).
El texto completo del dictamen está disponible en el Sistema de Información Legislativa de la Secretaría de Gobernación.
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