
El 3 de marzo de 2026 quedará marcado en la historia laboral de México. La reforma constitucional que reduce la jornada de trabajo a 40 horas semanales fue publicada en el Diario Oficial de la Federación, entrando en vigor de forma inmediata. El decreto modifica las fracciones IV y XI del Apartado A del Artículo 123 de la Constitución, y establece algo fundamental: ningún trabajador verá reducido su salario ni sus prestaciones por este cambio.
El decreto lleva la firma de Claudia Sheinbaum Pardo, Presidenta de los Estados Unidos Mexicanos, y fue promulgado bajo el sello del Escudo Nacional desde la Residencia del Poder Ejecutivo Federal. Fue el Honorable Congreso de la Unión quien lo aprobó y lo dirigió a la Presidenta para su publicación, cumpliendo así con el proceso constitucional que exige el Artículo 135. Con su rúbrica, Sheinbaum hizo oficial uno de los cambios laborales más importantes en décadas.

Desde la Mañanera ya se había anticipado
Un día antes, el 2 de marzo, el secretario del Trabajo y Previsión Social, Marath Bolaños, ya había adelantado los detalles clave en la conferencia matutina. Ahí despejó una de las dudas más comunes: “Si trabajas ocho horas al día, descansarás dos días”. Confirmó que la jornada diaria máxima se mantiene en 8 horas, lo que se traduce en una semana de cinco días laborales y dos de descanso. También subrayó que la medida fue respaldada por más de 2 mil especialistas en más de 40 mesas de trabajo.
Gradual, no de golpe
La reducción no llega toda de una vez. El decreto establece una transición año por año:
¿Qué no cambia?
- La jornada diaria máxima sigue siendo de 8 horas.
- El pago de horas extra, la prima dominical y las prestaciones por trabajo en días festivos se mantienen sin cambios.
- No habrá reducción de salario ni de prestaciones por la reducción de la jornada semanal.
Lo que sí cambia con la Reforma Laboral
- La jornada semanal máxima baja de 48 a 40 horas (de forma gradual hasta 2030).
- Por primera vez, las 40 horas quedan garantizadas en la Constitución, no solo en la ley secundaria.
- Si trabajas 8 horas diarias, ahora tendrás dos días de descanso en lugar de uno.
- Los menores de 18 años ya no podrán trabajar horas extras bajo ninguna circunstancia.
- Las horas extras tienen un nuevo tope: máximo 12 horas a la semana, distribuidas en hasta 4 horas diarias en un máximo de 4 días.
- Si el patrón excede ese tope de horas extra, deberá pagar el triple del salario ordinario (antes no existía esta penalización escalonada).
90 días para ajustar la ley
El Congreso tiene ahora un plazo de 90 días para actualizar la Ley Federal del Trabajo. Por su parte, el senador Ricardo Monreal celebró la publicación y destacó que los legisladores de la Cuarta Transformación actuaron “con responsabilidad en beneficio de las y los trabajadores de México.”
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