¿Hijos o concubinas? Quién tiene prioridad para la pensión por viudez del IMSS y del ISSSTE 2026

Las reglas mexicanas establecen una jerarquía clara entre cónyuge, concubinos e hijos cuando se trata de este apoyo tras la pérdida de un familiar

Guardar
El orden de beneficiarios en
El orden de beneficiarios en las leyes del IMSS y el ISSSTE busca proteger al núcleo familiar y determina a quién corresponde el beneficio en cada situación (Imagen Ilustrativa Infobae)

La pensión por orfandad representa un respaldo fundamental para los hijos de trabajadores afiliados al IMSS o al ISSSTE que fallecen, ya que garantiza un ingreso mensual destinado a cubrir sus necesidades básicas tras la pérdida del sostén económico familiar.

Este beneficio, previsto en la legislación mexicana, busca proteger el bienestar y desarrollo de los menores o jóvenes que han perdido a uno o ambos padres, estableciendo condiciones claras para su otorgamiento y duración.

El respaldo económico garantiza que
El respaldo económico garantiza que los menores y jóvenes continúen con su desarrollo y bienestar tras enfrentar la ausencia de sus padres o tutores.

Qué es la pensión por orfandad

La pensión por orfandad es una prestación económica otorgada a los hijos de un trabajador asegurado o pensionado que fallece, ya sea bajo el régimen del IMSS o del ISSSTE en México.

Su objetivo es proporcionar un apoyo mensual para cubrir las necesidades básicas de los menores o jóvenes que han perdido a uno o ambos padres.

Características principales

  • Beneficiarios: Los hijos menores de 16 años (IMSS) o 18 años (ISSSTE). El beneficio puede extenderse hasta los 25 años si realizan estudios en planteles oficiales. En el caso de hijos con discapacidad, la pensión puede ser vitalicia.
  • Monto: El cálculo depende del salario base de cotización del trabajador fallecido y del régimen aplicable.
  • Duración: Se mantiene mientras el beneficiario cumpla con los requisitos de edad y estudios o, en su caso, por la condición de discapacidad.
  • Requisitos: Presentar acta de defunción del trabajador, acta de nacimiento del menor, comprobante de estudios (si corresponde) y documentación que acredite la relación familiar.

Esta pensión busca garantizar la protección social de los hijos ante la falta del sostén económico principal, permitiendo la continuidad de su bienestar y desarrollo.

La pensión por orfandad del
La pensión por orfandad del IMSS y del ISSSTE garantiza un ingreso mensual a los hijos de trabajadores fallecidos para cubrir sus necesidades básicas. (Imagen Ilustrativa Infobae)

En qué ley aparece la pensión por orfandad

La pensión por orfandad aparece regulada en las siguientes leyes mexicanas:

IMSS (Instituto Mexicano del Seguro Social)

  • Ley del Seguro Social
    • Artículo 137: Establece el derecho a la pensión por orfandad para los hijos del asegurado o pensionado fallecido, así como los requisitos y condiciones para su otorgamiento.
    • Artículo 138: Detalla los montos y la forma en que se distribuye la pensión entre los beneficiarios.

Consulta la Ley del Seguro Social aquí.

ISSSTE (Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado)

  • Ley del ISSSTE
    • Artículo 60: Regula el derecho a pensión por orfandad para los hijos de trabajadores afiliados al ISSSTE.
    • Artículo 61: Especifica las condiciones bajo las cuales se otorga la pensión y los requisitos para mantenerla.

Consulta la Ley del ISSSTE aquí.

Ambas leyes pueden consultarse en el portal de la Cámara de Diputados o en los sitios oficiales del IMSS y del ISSSTE.

¿Hijos o concubinas? Quién tiene prioridad para la pensión por viudez del IMSS y del ISSSTE 2026

La prioridad para recibir la pensión por viudez del IMSS y del ISSSTE en 2026 se determina de la siguiente manera:

Orden de prioridad

  1. Esposa o esposo legal: Tiene prioridad absoluta sobre cualquier otra figura. Si existe un matrimonio vigente registrado, la pensión se otorga a la esposa o esposo, incluso si existía una relación de concubinato al momento del fallecimiento del trabajador.
  2. Concubina o concubinario: Solo puede recibir la pensión si el trabajador fallecido no tenía cónyuge legal. Para acceder al beneficio, la persona debe acreditar haber vivido con el asegurado o pensionado como pareja durante al menos cinco años previos a la muerte, o bien, demostrar que tuvieron hijos en común y que ambos estaban libres de matrimonio durante ese periodo. Si existieran varias concubinas o concubinarios, ninguno tendrá derecho a la pensión.
  3. Hijos: La pensión de orfandad solo se otorga a los hijos menores de 16 años (IMSS) o 18 años (ISSSTE), extendiéndose hasta los 25 años si cursan estudios. Si no existe cónyuge ni concubina(o) con derecho, los hijos pasan a ser beneficiarios directos. En el caso de hijos con discapacidad, la cobertura puede ser vitalicia.
  4. Padres: Si no hay cónyuge, concubina(o) ni hijos con derecho, los padres del trabajador fallecido pueden solicitar la pensión, siempre que demuestren dependencia económica total.

<br>