
Tras un proceso de revisión en el Senado, las comisiones de Justicia, Estudios Legislativos y Hacienda consensuaron diversas modificaciones al proyecto de reforma a la Ley de Amparo, el Código Fiscal de la Federación y la Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Administrativa presentada por la presidenta Claudia Sheinbaum.
Con estas modificaciones, en apariencia, se busca modernizar procedimientos, clarificar conceptos jurídicos fundamentales y garantizar la protección de derechos, además de agilizar el acceso a la justicia.
Precisión del interés legítimo y digitalización
Uno de los cambios más importantes está en la definición de “interés legítimo”. Ahora, una persona podrá solicitar un amparo por una afectación individual o colectiva, sin que sea obligatorio que el daño ya se haya producido o que obtenga un beneficio directo. Las comisiones señalan que esto no limitará la defensa de derechos colectivos y que el objetivo es evitar que se presenten amparos sin una conexión real con un daño o riesgo concreto.
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El proyecto incluye la posibilidad de digitalizar el juicio de amparo. La presentación electrónica de promociones y la notificación digital se establecen como regla general a través del Portal de Servicios en Línea del Poder Judicial de la Federación (PJF).
Las autoridades estarán obligadas a utilizar el sistema, mientras que para particulares el uso será opcional, lo que mide el acceso efectivo a la justicia en función de la disponibilidad de herramientas tecnológicas.
Los expedientes físicos y electrónicos serán equivalentes y consultables, según el dictamen. El Órgano de Administración Judicial contará con un plazo máximo de 360 días para adecuar el sistema electrónico y 180 días para emitir acuerdos sobre la integración de expedientes.
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Cambios procesales, materia fiscal y sanciones
En materia de plazos, el dictamen amplía el periodo máximo para que los jueces dicten sentencia en amparo indirecto. A partir de estas modificaciones, el plazo se extiende de 60 a 90 días naturales, homologando el procedimiento con criterios de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).
Para suspensiones derivadas de procesos penales que afectan la libertad personal, el plazo para presentar garantías sube de tres a cinco días. Esto responde a las dificultades que enfrentan sectores vulnerables al tramitar fianzas o billetes de depósito.
El dictamen permite que los jueces rechacen intentos de retrasar el juicio con recusaciones sin fundamento. Además, solo se podrá ampliar la demanda si surge un nuevo acto que no se conocía al presentar la demanda original. Esto busca evitar maniobras para alargar los juicios y que los procesos sean más ágiles.
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En temas fiscales, las reformas indican que para frenar el cobro de un crédito fiscal ya confirmado será obligatorio entregar una garantía a favor de la autoridad, que solo podrá ser un billete de depósito o una carta de crédito de un banco autorizado. Además, una vez que el crédito fiscal esté firme, ya no se podrán presentar recursos legales para detener su cobro ni para impugnar su prescripción. Con esto, se evita que se usen juicios o recursos para retrasar el pago de impuestos que ya se consideran definitivos.
El dictamen suprime la incorporación de nuevas sanciones penales y administrativas propuestas inicialmente contra autoridades responsables que incumplan sentencias de amparo, por lo que permanece la normativa vigente. La decisión de no modificar los artículos 193, 260, 262, 267 y 269 de la legislación mantiene el marco actual en cuanto al cumplimiento de sentencias y la imposición de multas por desacato.
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En relación a la protección del mínimo vital, la iniciativa ajustada confirma que aun en casos donde las cuentas bancarias se encuentren bloqueadas por medidas cautelares, las personas afectadas podrán tener acceso a recursos para necesidades básicas y subsistencia.
Nuevas reglas de amparo y disposiciones sobre sanciones

El proyecto establece que, una vez que la reforma entre en vigor, las nuevas reglas aplicarán tanto para los juicios de amparo que se presenten en el futuro como para los que ya estén en trámite en los tribunales.
Durante el análisis, las comisiones resolvieron no incluir nuevas sanciones ni multas adicionales para las autoridades que incumplan sentencias; seguirán vigentes los mecanismos y castigos que ya existen.
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A diferencia de reformas anteriores, en esta ocasión el Senado realizó modificaciones a la propuesta original después de escuchar a especialistas y organizaciones en audiencias públicas.
¿Cuándo se sesionará?
El dictamen será discutido y sometido a votación este miércoles al mediodía por las comisiones del Senado, y se prevé que sea turnado al pleno para su análisis y posible aprobación en una sesión vespertina-nocturna.
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