Denunciado por abusar de sus hijos, un hombre fue absuelto por la justicia bajo un polémico argumento

Pese a las pruebas periciales y el testimonio de las víctimas, un juez decidió dejar en libertad al padre acusado; el caso escaló hasta que fue resuelto por la SCJN

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Pese a las pruebas, el
Pese a las pruebas, el juez decidió no vincular a proceso al agresor comenzando una larga batalla legal que llegó hasta la SCJN (Imagen Ilustrativa Infobae)

Un hombre fue denunciado por su ex pareja por haber abusado sexualmente de sus dos hijos menores de edad.

El caso llegó hasta la justicia, sin embargo, un juez lo dejó en libertad bajo un polémico argumento legal.

El caso no quedó ahí y escaló hasta las últimas instancias siendo resuelto por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).

La sentencia de la Corte fue dictada el pasado 22 de enero, sin embargo, fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación este 20 de junio. Esta es la historia.

Divorcio, violencia y abuso sexual

Tras el divorcio, las visitas
Tras el divorcio, las visitas de papá cada vez fueron más incómodas para los niños (Imagen Ilustrativa Infobae)

Tras casi una década juntos y dos hijos productos de su amor, una pareja de Guanajuato decidió separarse. Era septiembre de 2017.

Como parte del divorcio, la pareja acordó que la custodia de los hijos –un niño de siete y una niña de seis años, entonces– los tuviera la madre, mientras que el padre podría verlos los fines de semana cada 15 días, así como un día entre semana.

Aunque la separación ocurrió en buenos términos, el hombre comenzó a tener comportamientos violentos e intimidatorios contra su ex esposa. Por esa razón, casi cuatro años después del divorcio, en mayo de 2021, la mujer y sus hijos decidieron mudarse a la Ciudad de México.

Pese a la lejanía que ahora los separaba, el padre siguió viendo a sus hijos. Se los llevaba el fin de semana a Guanajuato y luego los regresaba a la Ciudad de México.

Sin embargo, la madre de los niños se percató que los menores presentaban un comportamiento extraño cada vez que regresaban de ver a su padre, por lo que decidió llevarlos a terapia con una psicóloga.

Luego de varias sesiones, la psicóloga le dijo a la mujer que sus hijos le confesaron que habían sido víctimas de abuso sexual por parte de su padre, por lo que le recomendó llevarlo a los niños ante una personas con mayor especialización sobre el tema.

Y así sucedió. La madre llevó a los menores ante una psicóloga forense especializada en psicotraumatología con enfoque en abuso sexual infantil, quien después de varias sesiones le confirmó que los niños efectivamente fueron víctimas de abuso sexual por parte de su padre.

De acuerdo con el testimonio de los mismos niños, su padre les mostró videos pornográficos, se masturbó frente a ellos y realizó tocamientos en las partes privadas de los niños.

La denuncia y una absolución polémica

Distintas pruebas señalaban que los
Distintas pruebas señalaban que los niños habían sido victimas de abuso sexual (Imagen Ilustrativa Infobae)

Aunque los hechos ocurrieron en Guanajuato, la madre presentó una denuncia en agosto de 2021 contra su ex esposo por el abuso sexual de sus hijos ante la Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México bajo el argumento de que tenía miedo de sufrir represalias por parte del agresor.

El ministerio público capitalino comenzó la carpeta de investigación recabando entrevistas de las víctimas, que para entonces ya tenían nueve y once años de edad, también recibió los informes psicológicos previos y les realizó nuevos dictámenes periciales oficiales con peritos especializados con los cuáles se confirmó el abuso.

Con el caso armado, las autoridades de la Ciudad de México entregaron la carpeta de investigación a la Fiscalía General de Justicia de Guanajuato para que siguiera el caso bajo su jurisdicción.

Ya con la información recabada, las autoridades guanajuatenses consiguieron una orden de aprehensión contra el padre de las víctimas. El agresor fue detenido el 8 de febrero de 2022.

Sin embargo, de forma sorpresiva el Juez de Control de la Cuarta Región del Estado de Guanajuato dejó en libertad al agresor de las víctimas al no vincularlo a proceso.

El argumento del juez fue la intromisión de la fiscalía de la Ciudad de México, quien entregó todas las pruebas a la autoridades de Guanajuato cuando no tenía competencia alguna para meterse en el caso.

La mujer no se quedó con los brazos cruzados e interpuso un recurso de apelación, mientras que el padre interpuso un recurso de revocación. El caso quedó en manos de la Novena Sala Penal del Supremo Tribunal de Justicia del Estado de Guanajuato quien nuevamente falló a favor del agresor y confirmó el auto de no vinculación a proceso.

Inconforme, la madre de las víctimas promovió un juicio de amparo indirecto que por fin resultó a su favor. El Juzgado Cuarto de Distrito argumentó que si bien la totalidad de los datos de prueba eran nulos por haberse recabado por una autoridad incompetente, deberían valorarse nuevamente.

Aun así, tanto la víctima como el agresor presentaron un recurso de revisión sobre la decisión del amparo.

La madre señaló que no se tomó en cuenta el interés superior de los infantes y que se convalidó la nulidad de los datos de prueba por falta de competencia, lo cual vulnera los derechos humanos de sus hijos.

Mientras que el padre alegó que la agente del ministerio público de la Ciudad de México actuó de forma parcial y que no debían analizarse nuevamente los datos de prueba declarados nulos.

Fue así que el caso quedó en manos de la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

La decisión de la SCJN

La decisión de la Corte
La decisión de la Corte lo cambió todo (Imagen Ilustrativa Infobae)

Finalmente, el 22 de enero de 2025, la Corte falló en contra del agresor y a favor de las víctimas.

En un principio, la SCJN aceptó que por regla general la fiscalía de la Ciudad de México tuvo que remitir el caso a las autoridades de Guanajuato desde un principio a sabiendas que no era de su competencia.

Sin embargo, la Corte consideró válido el actuar de la fiscalía capitalina al comenzar de forma inmediata una carpeta de investigación y seguir los protocolos, como juntar las pruebas y brindar atención médica, así psicológica a las víctimas.

Ya que al tratarse de una víctima de violencia sexual y menor de edad, explica el máximo tribunal, se tiene la obligación resguardar las pruebas relevantes para la investigación, evitar la revictimización y preservar el interés superior de la niñez.

La Corte consideró que las pruebas recabadas por la fiscalía capitalina, aunque no era su jurisdicción, no se obtuvieron de forma ilícita, ni ilegal, por lo tanto no debieron declararse nulas.

Bajo estos argumentos, la SCJN ordenó que se emitiera una nueva resolución en la que se consideren las pruebas entregadas por las autoridades de la Ciudad de México a la fiscalía de Guanajuato.