
En México, los trabajadores tienen derecho a disfrutar de una licencia de paternidad con goce de sueldo tras el nacimiento o adopción de un hijo. Este beneficio está reconocido en el Artículo 132, fracción XXVII Bis de la Ley Federal del Trabajo.
Y lo que deben tener en cuenta es que aplica tanto para quienes están afiliados al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) como al Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE).
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¿Cuántos días te corresponden por licencia de paternidad?
La ley establece que el permiso será de cinco días laborables, es decir, no se cuentan fines de semana ni días de descanso obligatorio. Este periodo inicia a partir del nacimiento del bebé o la fecha en que se concreta la adopción.
¿Quiénes pueden solicitar este permiso?
Todos los trabajadores afiliados al IMSS o al ISSSTE, sin importar si su contrato es de base o de confianza, pueden ejercer este derecho.
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¿Cómo tramitar la licencia de paternidad?
Si estás afiliado al IMSS:
- Informa a tu empleador sobre el nacimiento o adopción.
- Dirígete al área de Recursos Humanos de tu centro laboral.
- Presenta alguno de los siguientes documentos:
- Acta de nacimiento del menor.
- Certificado médico de nacimiento emitido por una institución de salud pública o privada.
- Documento oficial de adopción, en su caso.
Si trabajas en el ISSSTE:
- Acude a la coordinación o subdelegación administrativa correspondiente a tu centro de trabajo.
- Entrega la documentación probatoria del nacimiento o adopción.
- Solicita formalmente el permiso ante Recursos Humanos.
¿Qué pasa si tu empleador se niega a otorgarte el permiso?
En caso de que el patrón se niegue a conceder la licencia, puedes solicitar asesoría gratuita en la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (PROFEDET). Esta institución ofrece orientación legal en todo el país.
Medios de contacto:
- En la Ciudad de México: Dr. José María Vértiz 211, Col. Doctores, Alcaldía Cuauhtémoc.
- En el resto del país: ubica oficinas del Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral.
- Teléfonos gratuitos: 800 911 7877 y 800 717 2942.
- Correo electrónico: orientacionprofedet@stps.gob.mx.
Además, si alguien te intenta cobrar por estos servicios, puedes denunciarlo al correo quejasdelservicio@stps.gob.mx o al número 55 5998 2000, extensiones 44750 y 44917.
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Hacia una paternidad más equitativa
El reconocimiento de la licencia de paternidad representa un paso importante hacia la equidad en el hogar. Ya no se trata únicamente de una prestación laboral, sino de una herramienta para fortalecer el vínculo entre padres e hijos y fomentar la corresponsabilidad familiar desde los primeros días de vida.
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