
Con 18 votos a favor, nueve abstenciones y cero votos en contra, el Congreso del Estado de San Luis Potosí, aprobó una reforma al Código Penal del Estado que tipificará al “halconeo” como un delito que podría penarse hasta con 12 años de cárcel.
Esta medida impulsada por el gobernador José Ricardo Gallardo Cardona, implicará la vigilancia, el seguimiento, obtención y comunicación ilícita de información operativa de los cuerpos de seguridad en activo que puedan beneficiar actividades delictivas del crimen organizado o evadir la justicia.
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“San Luis Potosí al igual que muchas entidades, se enfrenta a una realidad compleja en la que los grupos delictivos han evolucionado, se reinventan y han perfeccionado sus métodos, han encontrado nuevas formas de burlar la ley y de esas formas destaca una práctica insidiosa, silenciosa, pero letal”, expuso la Tribuna.
A pesar de la aprobación de la propuesta, sin cambios al texto original, algunos legisladores señalaron que el cambio podría violar derechos humanos y carecer de un análisis técnico adecuado.
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La diputada Gabriela López Torres, señaló que aunque no está en contra de tipificar el “halconeo” como un delito, la reforma debió haberse sustentado en opiniones técnicas que respalden su aplicación efectiva por parte de la Fiscalía General del Estado.
“Aunque la iniciativa de este delito ya existe dentro del Código Penal, el dictamen no está sustentado en una opinión técnica. Como legisladores, nuestra interpretación de la ley no siempre coincide con la interpretación que la Fiscalía hace de ella, y considero que se deben robustecer las iniciativas con más opiniones técnicas y apegadas a los criterios de la Suprema Corte de Justicia de la Nación”, añadió López Torres.
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La reforma recién aprobada, introduce el artículo 293 Quárter, que crea el Capítulo 5 del Código Penal titulado “Obstrucción de la Seguridad Pública y la Vigilancia Ilícita”.

Dentro del artículo 293, se establece que habrá penas de prisión de cinco a 12 años, multas equivalentes a entre 500 y mil 200 días de la Unidad de Medida y Actualización (UMA) y si se considera que las acciones de "halconeo" ponen en riesgo la vida de los integrantes de los cuerpos de seguridad pública o si involucran a menores de edad, las sanciones podrían incrementarse hasta un 50% más de lo establecido.
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Ya se había presentado una ley contra el “halconeo” y fue descartada por “atentar contra libertad de expresión”
En 2022 Quintana Roo presentó una iniciativa de condenar el ”halconeo“, que integraba actos y conductas que tienden a obtener información de las instituciones de seguridad pública, de persecución y sanción de delitos, así como labores de policía en centros de reclusión y actividades cotidianas.
En ese momento, la Suprema Corte de Justicia de la Nación invalidó la ley propuesta, pues consideró que contraviene a los derechos de libertad de expresión y derecho a la información, pues entender al “halconeo” como una conducta ilícita intervendría en la labor periodística para hacer investigación y comunicar a la sociedad sobre las actividades de elementos de seguridad.
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“Según el artículo 19 menciona que abre la puerta para que un periodista que hace trabajo de investigación sobre tales instancias pueda ser acusado de forma arbitraria, pues se trata de un delito que puede ser redactado de manera ambigua”.
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