
La deportación masiva de mexicanos desde Estados Unidos ha generado que el gobierno de la presidenta Claudia Sheinbaum Pardo implemente estrategias para recibir a los connacionales y ayudarlos a establecerse de nueva cuenta en el país, que va desde resguardarlos en albergues para migrantes, hasta otorgarles apoyos económicos y becas, así como incorporarlos al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS).
A esto, se sumó que recientemente el Servicio de Administración Tributaria (SAT), en coordinación con el Instituto Nacional de Migración (INM), lanzó un programa para ayudar a que los migrantes mexicanos deportados por el gobierno de Estados Unidos, encabezado por Donald Trump, regularicen su situación fiscal, de acuerdo con diversos medios de comunicación.
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Según la misma información, el programa fue anunciado por María José Ríos, administradora del órgano desconcentrado de Servicios al Contribuyente 1 Norte, y tiene el objetivo de habilitar herramientas y estímulos fiscales a los connacionales para integrarse a la economía nacional.
¿En qué consiste el apoyo para regularizar situación fiscal de mexicanos deportados?
Entre los apoyos destaca la reducción del 100% de multas, incluidas aquellas con agravantes, recargos y gastos de ejecución, así como la no condonación de contribuciones o cuotas compensatorias, lo que significa que los contribuyentes deberán pagar el monto principal de sus obligaciones fiscales.}
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¿Cuáles son los requisitos?
Los interesados en participar deben cumplir con los siguientes requisitos:
- No haber recibido condonaciones en los programas generalizados de 2000, 2007 o 2013.
- No contar con una sentencia condenatoria firme por delitos fiscales.
- No estar incluidos en los listados definitivos de los artículos 69-B o 69-B Bis del Código Fiscal de la Federación.
Anteriormente el SAT también dio a conocer los requisitos para que los mexicanos que retornen al país puedan inscribirse ante el RFC, acudiendo a cualquier oficina del SAT con previa cita agendada en citas.sat.gob.mx.
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En caso de mexicanos repatriados:
- CURP temporal con fotografía.
- Comprobante de domicilio del lugar donde vive, con antigüedad no mayor a cuatro meses.
- Credencial para votar desde el extranjero emitida por el Instituto Nacional Electoral (INE).
En caso de mexicanos en retorno:
- CURP permanente, la cual se tramita en el Registro Civil o ante las oficinas consulares de México en el exterior o acta de nacimiento o carta de naturalización en original.
- Comprobante de domicilio del lugar donde vive, con antigüedad no mayor a cuatro meses.
- Credencial para votar desde el extranjero emitida por el Instituto Nacional Electoral (INE).
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