
Una mujer amarró a dos perros a la cajuela de un taxi y los arrastró por calles de Huajuapan de León, en la región mixteca de Oaxaca.
El hecho fue captado por un automovilista y compartido en video a través de redes sociales. En este se puede observar a los dos animales atados mientras avanza la unidad.
Y a pesar de que caminan con dificultad, el conductor no disminuye su velocidad, lo que generó la indignación de los internautas, así como la posibilidad de sanciones por parte de la Secretaría de Movilidad.
“Respecto a una publicación que circula en la red social Facebook, en la que una unidad de transporte público de la modalidad taxi arrastra a dos animales de compañía en el municipio de la Heroica Ciudad de Huajuapan de León; se inició el procedimiento de aplicación de
sanciones y se citó a las personas concesionaria y operadora para que asistan al Departamento de Multas y Sanciones de la dependencia".
Fue por medio de un comunicado que la Semovi indicó que tras lo sucedido tanto la operadora de la unidad como la concesionaria podrían ser acreedoras a multas económicas y hasta la suspensión de la licencia de conducir por 180 días.
“Con base al artículo 226 de la Ley de Movilidad para el Estado de Oaxaca, podrán ser acreedoras a las siguientes multas:
- Multa de hasta 300 UMAS, equivalente a 32 mil 571 pesos.
- Retiro y aseguramiento de vehículos.
- Suspensión de las licencias de conducir hasta por 180 días".
Mientras que en redes sociales usuarios exigieron a las autoridades la implementación de alguna sanción para evitar este tipo de acciones.

Este no es el único caso que generó indignación en la sociedad, ya que también se dio a conocer que una unidad de transporte público atropelló a un perro en inmediaciones del Instituto Tecnológico de Oaxaca.
Por lo que se inició un procedimiento de aplicación de sanciones a la concesionaria y al operador.
Desde 2015, el Código Penal de Oaxaca tipifica al maltrato animal como un delito. El artículo 419 establece que:
“Se castigará con cárcel de tres meses a dos años y con multa de 100 a 1000 veces el valor de la Unidad de Medida y Actualización vigente a quien:
I. Dolosamente realice actos de sufrimiento que no lleven a una muerte inmediata del animal vertebrado.
II. Cause lesiones que pongan en peligro la vida del animal vertebrado.
III. Cause lesiones y/o marcas de por vida que generen una agonía permanente para el animal vertebrado", se lee en el texto.
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