
El periodista Raymundo Riva Palacio obtuvo una victoria judicial definitiva sobre la demanda que presentó contra los ataques del expresidente Andrés Manuel López Obrador (AMLO) en la sección “Quién es Quién en las Mentiras”, transmitida en las conferencias matutinas conocidas como La Mañanera durante el sexenio del exmandatario. La resolución del Consejo de la Judicatura Federal (CJF) establece que las declaraciones contra el periodista vulneraron sus derechos humanos, incluyendo su honor y privacidad, sentando un precedente importante en la defensa de la libertad de expresión y el respeto a los derechos fundamentales de los periodistas en México.
El conflicto comenzó en 2023, cuando Riva Palacio fue calificado como “mentiroso” y “Pinocho” por el presidente López Obrador y su coordinadora de redes, Ana Elizabeth García Vilchis, durante las mañaneras. En respuesta, el periodista presentó un juicio de amparo (expediente 1369/2023), argumentando que dichos señalamientos contravenían su derecho al libre acceso a la información y a la protección de su vida privada. La sección en cuestión, impulsada por el Ejecutivo, se dedica a desmentir supuestas noticias falsas, pero ha sido criticada por personalidades y medios de comunicación por usarla para ataques personales contra periodistas que critican al gobierno.
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El 23 de enero de 2024, el Juzgado Sexto de Distrito en Materia Administrativa de la Ciudad de México dictó una sentencia favorable a Riva Palacio, ordenando que el presidente y García Vilchis se abstuvieran de emitir declaraciones que invadieran su privacidad. El gobierno apeló la decisión, pero el Tribunal Colegiado en Materia Administrativa confirmó la sentencia, reiterando que las autoridades debían evitar actos de represalia o denostación contra el periodista.
En la resolución definitiva del amparo en revisión 135/2024, el Tribunal destacó varios puntos clave. Primero, subrayó que, aunque el presidente tiene derecho a la libre expresión, su libertad de expresión no debe usarse para infringir derechos fundamentales de los periodistas, como el respeto a su honra y su privacidad. También se concluyó que el uso de recursos públicos para atacar a críticos constituye un abuso de poder y un acto de intimidación institucional. Además, el Tribunal advirtió sobre el impacto de la Mañanera en la democracia, ya que la propagación de información sesgada o falsa puede distorsionar la realidad y afectar la capacidad de los ciudadanos para tomar decisiones informadas.
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El magistrado Silva García, al emitir su voto, advirtió que la libertad de prensa, de expresión y de información impide que el gobierno utilice plataformas oficiales para difundir información distorsionada y selectiva. Este fallo refuerza la necesidad de garantizar un entorno libre de intimidaciones para los periodistas en el país.
Este caso también pone de relieve la grave situación que enfrentan los periodistas en México, un país donde, en lo que va de 2024, cinco periodistas han sido asesinados. A nivel global, México ocupa el tercer lugar en muertes de periodistas, solo por detrás de Palestina y Pakistán. La sentencia representa una victoria simbólica en la lucha por la libertad de prensa y contra la censura, en un país donde los periodistas se enfrentan a constantes amenazas.
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