
En medio de las reformas que se han presentado en el Congreso de la Unión para mejorar las condiciones laborales de los trabajadores, diputados del Grupo Parlamentario del PRI promovieron una reforma con la cual se plantea duplicar el monto correspondiente al aguinaldo anual.
La iniciativa fue inscrita este miércoles en la Gaceta Parlamentaria de la Cámara de Diputados, firmada por los legisladores Rubén Moreira, Tereso Medina Ramírez y Óscar Cárdenas Monroy, quienes plantean cambios a la Ley del Impuesto sobre la Renta y a la Ley Federal del Trabajo.
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Dentro de esta iniciativa se plantea que hasta el segundo trimestre de 2023, de acuerdo con la Encuesta Nacional de Ocupación y Empleo (ENOE), hay 58.5 millones de personas ocupadas, de los cuales el 34.80 % recibe un salario mínimo.
Mientras que otro 34.20 % recibe de uno a dos salarios mínimos, y sólo 3.41 % recibe de tres a cuatro salarios mínimos.
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Dado que tres cuartas partes de la población activa laborablemente recibe entre uno y tres salarios mínimos, mientras el ingreso per cápita se encuentra 0.3 % por debajo del ingreso que se tenía en 2018, se propone exentar el pago del Impuesto Sobre la Renta para trabajadores que perciban hasta cuatro salarios mínimos de aguinaldo.
Todo ello, para que ello “contribuya a mejorar la situación de las y los obreros y sus familias en tiempos económicos complicados y en fechas con una connotación especial dentro de nuestra cultura”, en lo que se llamó “un acto de justicia social”.
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Qué dice la iniciativa para aumentar el aguinaldo
De tal forma que la propuesta plantea homologar la Ley Federal del Trabajo y la Ley del Impuesto Sobre la Renta para que el aguinaldo sea equivalente a 30 días de salario.
“Con ello (se plantea) impactar de manera positiva el poder adquisitivo de la clase obrera, mismo que se traducirá en favor del mercado interno, al tener la plantilla laboral la posibilidad de un mayor ingreso en las fiestas decembrinas y vacaciones”, se indicó.
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Es así que el artículo 87 de la Ley Federal del Trabajo quedaría como sigue:
“Los trabajadores tendrán derecho a un aguinaldo anual que deberá pagarse antes del día veinte de diciembre, equivalente a treinta días de salario, por lo menos”.
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Mientras que también se señala que no se pagará el Impuesto Sobre la Renta cuando “las gratificaciones que reciban los trabajadores de sus patrones, durante un año del calendario hasta el equivalente de cuatro veces el salario mínimo general del área geográfica del trabajador elevado a 30 días, cuando estas gratificaciones se otorguen de forma general”.
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