
Las confrontaciones entre Xóchitl Gálvez, excandidata presidencial de la coalición Fuerza y Corazón por México (PRI, PAN y PRD), y el presidente Andrés Manuel López Obrador protagonizaron el inicio de las precampañas que se realizaron el año pasado rumbo a las elecciones del 2 de junio pasado, por las cuales incluso la aspirante de la oposición denunció al mandatario por supuestos actos de violencia política de género.
Esto último, debido a que López Obrador afirmó en diversas ocasiones que Gálvez Ruiz sería candidata presidencial de la oposición al haber sido elegida por hombres y no por mérito propio, además de que exhibió información personal sin su consentimiento. En ese entonces, tras las acusaciones, el Instituto Nacional Electoral (INE) ordenó al mandatario evitar hablar sobre la panista durante su conferencia mañanera.
Sin embargo, a dos semanas de las elecciones presidenciales, el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) resolvió que el presidente, junto con diversos funcionarios del gobierno federal, sí cometió un acto de violencia política contra las mujeres en razón de género, derivado de los comentarios que realizó en al menos 11 de sus conferencias mañaneras de julio y agosto del 2023.

“La presunta comisión de violencia política contra las mujeres en razón de género, derivado de las manifestaciones realizadas por el titular del ejecutivo federal en las conferencias de prensa matutinas denominadas “mañaneras” de los días tres, cuatro, cinco, siete, diez, once, catorce y diecisiete de julio; y tres, siete y dieciocho de agosto, todos del dos mil veintitrés; las cuales, a decir de la promovente, forman parte de una persecución política que pretende descalificarla y demeritarla a partir de la reproducción de roles y estereotipos de género que históricamente le otorgan una superioridad a los hombres respecto de las mujeres”, se lee en el documento.
¿Qué considera el INE “violencia política de género”?
De acuerdo con el sitio oficial del Instituto Nacional Electoral, la violencia política de género afecta directamente los derechos humanos de las mujeres, principalmente en acciones tan simples y dadas por hecho como votar y ser votadas. Asimismo, entorpece su libre desarrollo dentro de la esfera política y pública; es decir, cuentan con más trabas para ser consideradas como candidatas a un cargo de elección popular, a la dirigencia del partido en el que militan o en la creación y dirección de consejos distritales o locales alrededor de la República Mexicana.
En consecuencia a las alarmantes estadísticas, el INE tomó en consideración las recomendaciones emitidas por la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer, de la Convención de los Derechos Políticos de la Mujer y de la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer para determinar que: “las mujeres tienen derecho al acceso igualitario a las funciones públicas de su país y a participar en los asuntos públicos, incluyendo la toma de decisiones”.

Derechos de las mujeres en la vida política del país
Además de que es totalmente discriminatorio evitar o tratar de evitar que el sexo femenino forme parte de la vida política de cualquier estructura, existen una serie de derechos que deben ser respetados:
-Participar en la dirección de los asuntos públicos, de forma directa o por representantes elegidos de manera libre.
-Votar y ser votadas dentro de elecciones auténticas, periódicas y efectuadas por el sufragio universal y secreteo.
-Libre expresión de la voluntad de las electoras.
-Acceso igualitario a las funciones públicas del país.
Si quieres leer todo el protocolo puedes darle clic aquí.
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