
La Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral (INE) falló en favor del presidente Andrés Manuel López Obrador y de Adán Augusto López Hernández, secretario de Gobernación, al decidir que no era necesario imponer medidas cautelares en su contra.
El dictamen fue publicado por el organismo electoral la madrugada del 10 de junio y en él se especificó que los actos reclamados en cada denuncia resultan irreparables, por lo que ya no había necesidad de imponer la sanción solicitada.
La primera queja fue promovida por el Partido Acción Nacional (PAN), quien pidió que se aplicaran medidas cautelares en contra del titular de la Segob por la presunta comisión de actos anticipados de precampaña o campaña, así como promoción personalizada y uso indebido de recursos públicos.
Lo anterior, debido a la difusión de una entrevista que López Hernández le brindó a Milenio, la cual fue difundida a través del canal de Youtube del medio el 14 de mayo de 2023.

El organismo político, además, se quejó por la colocación de espectaculares en Puebla y Querétaro con la portada de la revista CM Central Municipal, en la que aparece el nombre y la imagen del secretario.
No obstante, la Comisión encabezada por la consejera Beatriz Claudia Zavala Pérez determinó que no era posible retirar la entrevista de Adán Augusto López en Milenio, pues además de tratarse de un hecho consumado de manera irreparable (al haberse realizado en fechas pasadas), cuenta con la presunción de licitud que goza la labor periodística.
Respecto a los espectaculares de la revista, el INE consideró que formaban parte de una estrategia publicitaria del medio de comunicación, el cual habría ejercido sus actividades periodísticas, amparadas en la libertad de expresión en su vertiente de libertad comercial. Por tal motivo, no tendrían facultades para ordenar su remoción.

La denuncia en contra de López Obrador fue presentada por el Partido de la Revolución Democrática (PRD) y un diputado federal, quienes pidieron la eliminación de una de las conferencias matutinas del presidente por supuestamente haber violado la veda electoral.
La “mañanera” a la que se refería la queja fue la celebrada el 2 de junio de 2023. Cabe recordar que el periodo de veda para las elecciones en el Estado de México y Coahuila inició desde el primer día del mes.
Sin embargo, aunque se denunció la presunta difusión de propaganda en periodo prohibidio, el INE calificó de improcedente el retiro de dicha conferencia de los canales oficiales, pues la jornada electoral ya ocurrió, así que una medida cautelar “resultaría innecesaria”.

Conviene señalar que, aunque la Comisión de Quejas y Denuncias emitió estas resoluciones, al tratarse de posibles casos de uso indebido de recursos públicos, el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) será el encargado de analizar y resolver cada una de las denuncias a fondo.
Contrastantemente, el 30 de mayo de 2023 el INE aprobó la aplicación de medidas cautelares en contra de López Hernández, Claudia Sheinbaum y Marcelo Ebrard por la aparente promoción de su imagen mediante conductas antijurídicas, como difusión de propaganda en eventos y el espacio público.
Ante tal situación, las llamadas “corcholatas” del Movimiento de Regeneración Nacional (Morena) recibieron la orden de exhortar a sus simpatizantes a no distribuir material alusivo a sus aspiraciones presidenciales.
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