
Con el objetivo de evitar que personas culpables de actos de violencia de género y deudores alimentarios puedan ocupar cargos de elección popular, la Comisión de Asuntos Político-Electorales del Congreso de la Ciudad de México aprobó un dictamen para reformar el artículo 18 del Código de Instituciones y Procedimientos Electorales local.
De acuerdo con diputado de la bancada de Movimiento Regeneración Nacional (Morena), Marco Antonio Temístocles Villanueva Ramos, con las reformas aprobadas se busca que los aspirantes a una candidatura no hayan incurrido en alguna situación de violencia de género ni familiar.
El dictamen, que aboga por prevenir la violencia institucional, también va por garantizar que las mujeres gocen de la máxima protección a sus derechos, como indicó la diputada del Partido de la Revolución Democrática (PRD), Gabriela Quiroga Anguiano.

De esta manera, la modificación establece que quien esté interesado en ocupar o competir por un puesto de elección popular no debe haber sido sentenciada por haber cometido delitos:
- Contra la vida y la integridad corporal
- Contra la libertad y seguridad sexuales
- Contra el normal desarrollo psicosexual
- Por violencia familiar, violencia familiar equiparada o doméstica
- Violación a la intimidad sexual
- Por violencia política contra las mujeres en razón de género, en cualquier modalidad.
A lo anterior se suma no haber sido sentenciado o sancionado por actos de discriminación por género, identidad o expresión de género u orientación sexual; además, el aspirante no debe aparecer en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos ni en el Registro de Personas Agresoras Sexuales, sobre el que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidó su carácter público en febrero pasado.
Sheinbaum celebró constitucionalidad de la Ley 3 de 3
“Me parece muy bien”, consideró la Jefa de Gobierno de la Ciudad de México, Claudia Sheinbaum, sobre la declaración de constitucionalidad de la llamada “Ley 3 de 3″, que impide a los agresores sexuales, deudores alimentarios o culpables de violencia de género participar en el servicio público o competir ser candidatos a puestos de elección popular.
Cabe recordar que el pasado 24 de mayo, la Comisión Permanente del Congreso de la Unión declaró aprobados los artículos 38 y 102, 55 y 91 de la Constitución Política en materia de suspensión de derechos para que agresores de mujeres.
La iniciativa fue aprobada el pasado 28 de abril en la Cámara de Diputados y avalada por 23 legislaturas locales, entre ellas la Ciudad de México.

Tras la elevación de la “Ley3 de 3″ a rango constitucional, Sheinbaum Pardo aseguró que primero “tiene que haber una sentencia para que no se preste a una denuncia sin fundamento, para que, en efecto, se sepa que son deudores, no nada más bajo la denuncia de una persona, de un juez”.
“La verdad, es que cuando no se entrega la pensión en muchos de los casos es una forma de violencia que después se traduce en otras formas de violencia. Entonces, sí hay una obligación, está establecido, sea por un acuerdo mutuo o por un juez”, abundó la mandataria capitalina en conferencia de prensa, el pasado 25 de mayo.
La “Ley 3 de 3″ se suma a la creación del Registro Nacional de Obligaciones Alimentarias, a través del que se impedirá a deudores alimentarios realizar la compra y venta de inmuebles, obtener documentos de identidad, como pasaporte o licencias de conducir, para contraer matrimonio, así como postularse a cargos de elección popular o aspirar a ser jueces locales y federales.
Es importante señalar que, de acuerdo con el Instituto Belisario Domínguez (IBD) del Senado de la República, en caso de ser publicada por el Ejecutivo en este mes, será aplicable para las elecciones presidenciales de 2024.
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