No fue una victoria para el INE: el fallo del TEPJF podría indicar la victoria del Plan B en la SCJN

Tras analizar la votación del Tribunal Electoral, y si se replica en la Suprema Corte, la Reforma Electoral de AMLO sería constitucional

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Cuartoscuro
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Hamlet García, diputado federal por Morena, sostuvo que la determinación del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) que favoreció a Edmundo Jacobo para mantenerlo como secretario ejecutivo del INE, lejos de representar una victoria para el Instituto Nacional Electoral, podría ser un indicio de la victoria del Plan B de AMLO en la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).

El militante de Movimiento Regeneración Nacional (Morena) convocó a una conferencia de prensa este jueves 23 de marzo en la Cámara de Diputados, donde presentó una argumentación en favor de la Reforma Electoral promovida por el presidente Andrés Manuel López Obrador (AMLO) y, para sostenerla, analizó la votación del TEPJF.

“Nos da muchas esperanzas sobre lo que puede suceder en la Suprema Corte de Justicia de la Nación, porque significa que cuando estos asuntos lleguen al conocimiento de los jueces, no exista acuerdo sobre la interpretación”
El diputado de Morena señaló los criterios jurídicos de por qué la Reforma Electoral de AMLO podría pasar el filtro de la SCJN

Como antecedente, se debe de recordar que el Tribunal analizó la disposición del Plan B de la Reforma Electoral para remover a Edmundo Jacobo como secretario ejecutivo del INE. Después de presentar un proyecto y someterlo a votación, con una votación cerrada se determinó que Jacobo Medina debe de regresar a su puesto de trabajo que ha tenido por 18 años.

Para entender la argumentación del diputado García Almaguer, se debe entender cómo ocurrió la votación y cómo operan los cuerpos colegiados que definirán el futuro de la Reforma Electoral de la Cuarta Transformación (4T). Primero, por parte del TEPJF, se debe de especificar que no es el organismo con la última palabra, ya que eso es trabajo de la SCJN, segundo, el Tribunal sólo necesitaba de mayoría simple para poner de nuevo a Edmundo Jacobo en la secretaría del INE.

A detalle, cuando se revisa la votación en el Tribunal, se descubre que, en una primera votación, los magistrados empataron con tres votos en favor y tres en contra, por lo que se tuvo que expedir un voto adicional, el cual definió que Jacobo regresara al INE; sin embargo, en caso de replicarse una deliberación tan cerrada, el Plan B seguiría vigente y sería totalmente aplicable para las elecciones de 2024.

Esto, porque la SCJN, la máxima autoridad judicial que está revisando las acciones de inconstitucionalidad promovidas contra el Plan B, tendrá que realizar una deliberación integrada por 11 magistrados —los de la primera y la segunda sala—, y dicha votación no se gana por mayoría simple, sino calificada, por lo que la oposición necesita, como mínimo, que ocho magistrados voten en contra de la Reforma Electoral para que se considere inconstitucional.

El TEPJF integró nuevamente a Edmundo Jacobo en la Secretaría del INE (Foto: Central INE)
El TEPJF integró nuevamente a Edmundo Jacobo en la Secretaría del INE (Foto: Central INE)
“Tenemos que recordar que para que la norma (Plan B) sea declarada inconstitucional de manera general, se requiere del voto de ocho de los 11 ministros de la Suprema Corte”

Es decir, si en la Suprema Corte se replica una votación tan cerrada como en el Tribunal Electoral, entonces, “el Plan B sobrevive y tiene vigencia para las elecciones de 2024″. Con lo cual, al ser de carácter determinante el veredicto de la SCJN, Edmundo Jacobo dejaría la secretaría ejecutiva del INE y se aplicarían todas las disposiciones de la reforma impulsada por López Obrador.

Al revisar las declaraciones de los magistrados del TEPJF que le daban la razón a Morena está que ellos no tienen la atribución de desarrollar un control abstracto sobre la Reforma Electoral; sin embargo, la SCJN sí puede. Esto quiere decir que si el Tribunal Electoral emitió una sentencia al respecto, pues fue una invasión de atribuciones.

Finalmente, destacó otros criterios de los magistrados del TEPJF, quienes señalaron que no se afecta al INE si se designa un secretario provisional. Esto quiere decir que, el Tribunal Electoral no sólo probablemente incurrió en invasión de las facultades de la SCJN, sino que la decisión que tomó la hizo bajo premisas probablemente equivocadas.