
“La resolución que tomamos fue absolutamente con libertad de criterio, sin ningún tipo de presión o influencia de ninguna naturaleza. Es el convencimiento de cada uno de los magistrados sobre la solución que debía darse al caso. Reconocemos nuestra naturaleza humana y, si pudimos haber cometido algún error, pedimos disculpas”.
Con esa aclaración, el presidente del Tribunal Oral Federal de Santa Cruz, Mario Gabriel Reynaldi, pasó a leer este miércoles el veredicto. Por mayoría, los jueces condenaron a tres años de prisión en suspenso al ex capitán de navío Claudio Villamide por el hundimiento del ARA San Juan, ocurrido el 15 de noviembre de 2017.
PUBLICIDAD
El entonces comandante de la Fuerza de Submarinos fue considerado responsable de los delitos de estrago culposo agravado por la muerte de los 44 tripulantes e incumplimiento de los deberes de funcionario público, tal como había solicitado la fiscalía.
Los otros tres imputados (el contralmirante Luis López Mazzeo, el capitán de navío Héctor Alonso y el capitán de fragata Héctor Correa) resultaron absueltos por unanimidad del tribunal, integrado por Reynaldi, Enrique Nicolás Baronetto y Luis Alberto Giménez.
PUBLICIDAD
La decisión se produjo pasadas las 12.30, dando cierre a un juicio que inició el 3 de marzo y tuvo más de 30 audiencias con declaraciones de expertos submarinistas, ex comandantes, oficiales y suboficiales retirados de la Armada.

Los fundamentos de la sentencia serán leídos el próximo 21 de agosto, ya que el tribunal cuenta con el plazo previsto por el Código Procesal para exponer los argumentos de su decisión. Recién entonces las partes podrán apelar para ir a la Cámara Federal de Casación -máximo tribunal penal del país-, si así lo consideran.
PUBLICIDAD
Uno de los ejes centrales de los fundamentos será establecer qué vínculo consideró acreditado la mayoría del tribunal entre los incumplimientos atribuidos al condenado y el desenlace de la tragedia, cuya secuencia -desde la pérdida de control del submarino hasta su implosión- todavía es materia de hipótesis.
Villamide ya había sido destituido de la Armada en 2021 tras un proceso disciplinario tramitado en el ámbito del Estado Mayor Conjunto, en el que un Consejo de Guerra lo sancionó, entre otros puntos centrales, por no haberle ordenado al comandante del submarino, Pedro Fernández, regresar a puerto navegando en superficie tras el ingreso de agua reportado en el tanque de baterías.
PUBLICIDAD
Este miércoles, el ex oficial superior de la Armada -y actual capitán de ultramar de la Marina Mercante- recibió una pena de “tres años de prisión de ejecución condicional, inhabilitación especial por doble de tiempo de la condena para ejercer cargos públicos y costas del proceso” tras ser hallado “autor penalmente responsable de los delitos de incumplimiento de los deberes de funcionario público -art. 248 del Código Penal-, en concurso ideal con estrago culposo agravado por el resultado muerte -art. 189, segundo párrafo-”.
El tribunal oral le impuso a Villamide una serie de reglas de conducta por el plazo de tres años: fijar domicilio y teléfono, informar cualquier cambio, no cometer nuevos delitos y someterse al control de la Dirección de Control y Asistencia de Ejecución Penal correspondiente a su domicilio.
PUBLICIDAD
Los jueces también rechazaron “por improcedente” un pedido realizado por la fiscalía durante su alegato, que pretendía aplicar al caso la Resolución PGN 58/2024, dictada por el procurador general interino Eduardo Casal. Esa norma fue concebida para promover investigaciones patrimoniales, medidas cautelares y el recupero de activos vinculados principalmente con delitos de criminalidad económica, corrupción, narcotráfico, lavado de dinero, trata de personas, evasión tributaria, contrabando y terrorismo, categorías ajenas al objeto de este proceso.

Durante el juicio penal declararon unos 90 testigos para evaluar el estado material de la nave al momento de su última operación, que comprendía una fase de adiestramiento naval y otra de patrullaje y control del mar argentino. Para ello, se analizó toda la documentación en la que constaban las novedades y las pruebas pendientes del buque, y se intentó determinar si incidían en su seguridad náutica.
PUBLICIDAD
De acuerdo con los informes técnicos incorporados al expediente y con lo declarado por la mayoría de los testigos, las reparaciones y tareas de mantenimiento pendientes -entre ellas, la prueba de máxima profundidad, la prueba de presión del sistema principal de refrigeración y el ingreso a dique seco para realizar el carenado, cuyo plazo reglamentario estaba vencido- no impedían la operatividad del submarino.
Las defensas sostuvieron que esa conclusión también estaba respaldada por la decisión del propio comandante del buque, quien ordenó la zarpada una vez superadas las pruebas realizadas durante las 48 horas previas y que, de acuerdo con los reglamentos del servicio naval, solo podía autorizarla si consideraba que la unidad se encontraba en condiciones de navegar.
PUBLICIDAD
El contrapunto a esa visión estuvo dado por la teoría del caso de la fiscalía, encabezada por Gastón Pruzán, quien alegó que una serie de incumplimientos incrementó indebidamente el riesgo de la misión y que ese aumento terminó contribuyendo al hundimiento de la nave y a la muerte de los 43 hombres y la mujer que integraban la dotación.

Sobre esa base, el Ministerio Público Fiscal pidió cinco años de prisión para Villamide y el contralmirante López Mazzeo -quien se desempeñaba como comandante de Adiestramiento y Alistamiento al momento de los hechos, el máximo cargo operativo de la fuerza—; cuatro años de prisión e inhabilitación especial perpetua para el capitán de navío Alonso, exjefe del Estado Mayor del Comando de la Fuerza de Submarinos; y tres años y seis meses de prisión para el capitán de fragata Correa, exjefe de Operaciones de ese mismo comando.
PUBLICIDAD
Tanto el querellante Luis Tagliapietra -padre de uno de los tripulantes del ARA San Juan- como las abogadas Valeria Carreras y Lorena Arias habían solicitado penas de prisión para todos los acusados. Tagliapietra formuló el pedido más severo: reclamó ocho años de cárcel para Villamide al considerar que los delitos concurrían de manera real y no ideal. Sin embargo, ambos alegatos fueron anulados por haberse apartado de los límites de la acusación formulada por la fiscalía, dado que ninguna de las querellas había presentado oportunamente un requerimiento propio de elevación a juicio.
El debate oral se llevó adelante en la ciudad de Río Gallegos, luego de que la causa fuera instruida en Caleta Olivia y revisada por la Cámara Federal de Comodoro Rivadavia. En una primera etapa del expediente llegaron a estar imputados siete oficiales de la Armada. Tiempo después, los fiscales de instrucción Lucas Colla y María Garmendia, con el posterior aval de la jueza de primera instancia Marta Yáñez, elevaron la causa a juicio oral en el año 2024 con cuatro acusados, cuya situación procesal quedó definida este miércoles.
En cualquier caso, durante las audiencias del debate se revisaron en reiteradas oportunidades distintos informes periciales y otra documentación relacionada con los antecedentes del ARA San Juan: su reparación de media vida en el Complejo Industrial Naval Argentino (CINAR), sus cambios de comando y un extenso listado de tareas ejecutadas y pendientes sobre los sistemas y equipos del buque.
También se revisaron al detalle los reglamentos de la Armada para determinar cómo funcionaba la cadena de mando y qué funciones y responsabilidades correspondían a cada uno de los involucrados en la Operación N.º 4/17 del Comando de la Fuerza de Submarinos, que terminó de definir la misión que debía cumplir el submarino.
Uno de los nodos centrales del juicio fue el informe de navegación de julio de 2017, elaborado por el comandante Pedro Fernández. En ese documento, informó a su superior, Claudio Villamide, que el día 13 se había producido un ingreso de agua de mar a través del sistema de ventilación hasta uno de los ventiladores del tanque de baterías de proa, el mismo sector en el que meses después se reportaría el incidente que derivó en la tragedia.
Ese reporte fue objeto de una exhaustiva revisión durante buena parte del cronograma de audiencias, por las que fueron desfilando expertos submarinistas y marinos de distintos escalafones. ¿Cómo había ingresado el agua hasta ese sector? Fernández ofrecía una explicación plausible: “una posible falta de estanqueidad” de la válvula ECO-19.
Así, durante las sucesivas jornadas se intentó determinar en qué estado se encontraba esa válvula -perteneciente al sistema de ventilación- al momento de la partida del submarino, el 25 de octubre. ¿Estaba en mal estado o desgastada? ¿Había sido abierta durante la navegación, en contra de lo establecido por el reglamento, como había ocurrido días antes para realizar una prueba en el interior del buque? ¿Había quedado mal cerrada después de esa prueba inédita? ¿O estaba rota? En ese caso, ¿el buque había emitido una Solicitud de Orden Correctiva (SOC) para reparar ese flap, como correspondía administrativamente? No se encontraron constancias de esto último.
Y es que a falta de una SOC, podría inferirse entonces que, si durante aquel mes de julio se había producido alguna falla, esta había sido subsanada por la propia dotación por tratarse de una tarea de primer o segundo escalón de mantenimiento, y no de tercero o cuarto, niveles que ya requerían la intervención más compleja de un arsenal o un taller. En cualquier caso, según los especialistas, el agua que provocó el cortocircuito y el principio de incendio eléctrico en el ARA San Juan durante la noche del 14 de noviembre no pudo haber ingresado por otro conducto que no fuera el de la válvula ECO-19, que conecta el tanque de baterías con el tubo de inducción del snorkel.
Es probable que la mayoría del tribunal -por dos votos contra uno- haya considerado válida la teoría acusatoria de la fiscalía, según la cual Villamide incurrió en una falta de diligencia o de cuidado en la inspección de la E-19 después de recibir, en agosto, el informe elaborado por el capitán Fernández. De acuerdo con esa hipótesis, la omisión habría incrementado el riesgo propio de la actividad militar y configurado un incumplimiento del deber de cuidado derivado de su posición de garante.
Ese riesgo, para esa línea de pensamiento, se habría concretado finalmente en el resultado.
La cronología básica de los hechos fue la siguiente: ingreso de agua, cortocircuito y principio de incendio, que la tripulación reportó como controlado y “sin novedad de personal”; salida a superficie para ventilar el buque en medio de un temporal de mar gruesa; posterior inmersión a plano de periscopio -18 metros- para completar el envío de los últimos mensajes al comando en tierra, que ya había cancelado la patrulla y ordenado el regreso a Mar del Plata.
A las 7.19 del 15 de noviembre, desde el submarino informaron que la intención del comandante era descender a plano de 40 metros para descansar y luego ingresar al tanque de baterías con el fin de verificar su estado. Tres horas y 33 minutos después, el buque implosionó tras perder plano y superar la profundidad de colapso de su casco.
En ese lapso no se emitió ninguna señal de emergencia ni se activaron alarmas, radiobalizas, señales pirotécnicas, balsas salvavidas o los tanques de lastre, cuyo soplado habría permitido impulsar al submarino hacia la superficie en forma casi inmediata. La ausencia de cualquiera de esas maniobras abona la hipótesis principal de que, durante ese intervalo, se produjo un evento súbito que neutralizó a la tripulación y le impidió ejecutar los procedimientos necesarios para llevar la nave nuevamente a flote.
Las últimas palabras de Villamide
Antes de escuchar el veredicto, Claudio Villamide volvió a proclamar su inocencia y cuestionó que la acusación hubiera logrado precisar cuál fue la conducta concreta que se le reprochaba. “Al día de hoy no entiendo claramente por qué me han acusado por el naufragio”, sostuvo. Y agregó: “No me han podido indicar qué es lo que hice mal ni cuál fue el incumplimiento de mis deberes que ocasionó la pérdida del control del buque”.
El excomandante de la Fuerza de Submarinos también remarcó que todavía no existe una explicación definitiva sobre la mecánica de la tragedia. “Al día de hoy no sabemos por qué se perdió el buque, pero, sin embargo, nos acusan”, afirmó ante los jueces.
En ese sentido, recordó que declaró en indagatoria en tres oportunidades y aseguró que siempre estuvo dispuesto a responder preguntas. Sin embargo, cuestionó que el Ministerio Público Fiscal nunca le formulara interrogantes concretos sobre su actuación. “Declaré tres veces ante este tribunal. Nunca me preguntaron nada, pero sí me acusan”, expresó.
Villamide consideró que el proceso excedió su responsabilidad individual y alcanzó a toda la institución. “Esto es un juicio a la Armada”, dijo, al reivindicar la formación de los submarinistas y los procedimientos aplicados durante la misión. También describió el impacto personal que tuvo la causa: recordó su destitución, la pérdida del grado, la imposibilidad de volver a utilizar el uniforme y la afectación que sufrió su familia.
Sobre el final, defendió la vocación de servicio y rindió homenaje a los 44 tripulantes. “Mis submarinistas, los submarinistas argentinos, no eran personas o jóvenes con miedo de embarcarse e irse a inmersión. Todo lo contrario: siempre estuvieron orgullosos de lo que hacían”, expresó.
Luego pidió al tribunal que resolviera a partir de los testimonios brindados durante el debate y concluyó que el capitán Pedro Fernández y su tripulación “honraron las más altas tradiciones brownianas y de la Armada Argentina”.
PUBLICIDAD
PUBLICIDAD
Últimas Noticias
Casación ratificó la validez de los allanamientos en la investigación contra el juez Gastón Salmain
La pesquisa sostiene que el magistrado confeccionó y firmó dos oficios con membrete y numeración oficial, enviados por correo institucional, para conocer medidas en su contra e identificar a los funcionarios intervinientes

Caso Verazul: reabrieron el juicio contra el “Madoff argentino” tras una decisión de la Corte Suprema
Enrique Blaksley Señorans y otros cuatro acusados volvieron al banquillo por las maniobras vinculadas al emprendimiento inmobiliario de Pilar. El tribunal deberá dictar un nuevo veredicto sobre el tramo de la sentencia que había sido anulado

Salió a cobrar la pensión, cayó en una rampa peatonal y el municipio intentó culparla: la Justicia ordenó indemnizarla
La municipalidad atribuyó el accidente a una imprudencia de la mujer. Sin embargo, una pericia reveló que la rampa carecía de superficie antideslizante y superaba la pendiente máxima permitida. El juez absolvió al propietario frentista y responsabilizó exclusivamente a la comuna

Casación Penal dejó firme el sobreseimiento de dos ex funcionarios del kirchnerismo por el caso Veladero
La investigación se abrió por la rotura de un caño de la mina sanjuanina que transportaba agua con cianuro y se derramó sobre cursos de agua del río Potrerillos

Compraron una camioneta 0 km y estuvo 91 días parada en talleres oficiales: deberán pagarles casi $60 millones de indemnización
El vehículo 4x4 sufrió cuatro fallas consecutivas en el sistema de inyección y el motor entró en modo de emergencia mientras circulaba por la ruta. La Justicia de Mar del Plata condenó al fabricante y a dos concesionarias


