Condenado a nueve meses de prisión por agredir a un celador del centro de salud de Bonares (Huelva)

19/11/2025 Puert de la Audiencia Provincial de Huelva.
POLITICA ANDALUCÍA ESPAÑA EUROPA HUELVA SOCIEDAD
19/11/2025 Puert de la Audiencia Provincial de Huelva. POLITICA ANDALUCÍA ESPAÑA EUROPA HUELVA SOCIEDAD
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La Sección Primera de lo Penal de Huelva ha condenado a un total de nueve meses de prisión a un hombre tras haber agredido y sacado el hombro de su sitio a un celador del centro de salud de Bonares (Huelva), a quien exigió una receta de medicamentos. El trabajador ha resultado absuelto del delito leve de lesiones por el que se le acusaba al estimarse que actuó en legítima defensa tras rozarle levemente el labio con un cigarrillo encendido mientras intentaba zafarse de él.

Según recoge la resolución judicial, a la que ha tenido acceso Europa Press, los hechos ocurrieron sobre las 21.00 horas del pasado 28 de abril de 2026, cuando el agresor acudió al citado centro sanitario demandando una prescripción médica. Ante la negativa del celador, que alegó que no se trataba de "una urgencia vital" y que el usuario "aún disponía de medicación", el hombre reaccionó con agresividad y profirió expresiones "gravemente intimidatorias".

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Posteriormente, el celador salió a las inmediaciones del centro a fumar, momento en el que el agresor le siguió. Al encararse ambos en la puerta, el trabajador trató de apartarlo para protegerse y le causó de forma involuntaria una quemadura en el labio con el cigarrillo.

Prosigue la sentencia señalando que, de inmediato, el penado le agarró "fuertemente de la muñeca y le retorció el brazo hacia atrás de forma violenta, provocándole una luxación en el hombro por tracción forzada que requirió atención médica de urgencia, reducción e inmovilización con cabestrillo".

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El fallo absuelve al celador al concurrir la eximente completa de legítima defensa, descartando "cualquier ánimo de menoscabar la integridad física del usuario" y destacando su testimonio "claro, contundente y persistente", avalado por "la ausencia de ánimo espúreo".

Por su parte, el juzgado impone al agresor seis meses de cárcel como autor penalmente responsable de un delito de atentado --ya que agredir, amenazar o intimidar gravemente a un profesional sanitario mientras ejerce sus funciones está catalogado en España como un delito de atentado contra la autoridad y puede conllevar penas de hasta cuatro años de cárcel, además de multas--, así como otros tres meses de cárcel por un delito de lesiones.

En ambas penas se ha aplicado la circunstancia atenuante de drogadicción, al acreditarse que se encuentra incurso en un tratamiento de deshabituación que mermó su voluntad en el momento de los hechos.

Asimismo, la sentencia deniega la suspensión de la ejecución de la pena privativa de libertad y deja pendiente la cuantificación de la indemnización por las lesiones del trabajador hasta que reciba el alta médica definitiva. Finalmente, el juzgado declara las costas procesales de oficio y dejan pendiente la cuantificación final de la indemnización a favor del celador una vez reciba el alta médica definitiva.

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