El parricida de El Ejido fue declarado inimputable por un delito de lesiones en 2024

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Almería, 26 may (EFE).- El joven de 25 años en prisión provisional como presunto autor de la muerte a tiros de su madre y de su padrastro en El Ejido (Almería) ya fue declarado inimputable a finales de 2024 por un delito leve de lesiones cometido tras agredir a un hombre en una gasolinera.

Según la documentación judicial a la que ha tenido acceso EFE, el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 3 de El Ejido dictó el 5 de diciembre de 2024 un auto en el que acordó el sobreseimiento provisional de las actuaciones contra el joven.

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La resolución se basó en un informe forense de octubre de ese año, que concluyó que el investigado presentaba una "total anulación de sus facultades intelectivas y volitivas".

Los hechos entonces archivados ocurrieron en febrero de 2024, cuando el individuo agredió a un varón en una estación de servicio. El informe del Instituto de Medicina Legal (IML) señaló la falta de motivación del ataque, puesto que agresor y víctima no se conocían.

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El análisis forense reflejó que, solo durante el año 2024, el joven sumó al menos cinco ingresos psiquiátricos urgentes en centros de Valencia y Almería. Los diagnósticos médicos apuntaban a episodios psicóticos, consumo de sustancias tóxicas, trastorno límite de la personalidad y un trastorno mental severo con sintomatología paranoide.

El dictamen pericial constató que el paciente presentaba ideas delirantes, fenómenos alucinatorios y episodios de heteroagresividad, determinando que su capacidad de juicio estaba muy gravemente alterada durante el incidente de la gasolinera.

A pesar de estas conclusiones clínicas, el sistema judicial no pudo ordenar su internamiento forzoso debido a la calificación penal de los hechos. El auto detalla que, al tratarse de un delito leve (lo que en el anterior Código Penal se denominaba falta), la legislación impide imponer medidas de seguridad privativas de libertad.

La magistrada argumentó que el artículo 95 del Código Penal establece que el internamiento en un centro psiquiátrico "sólo es imponible cuando el delito tenga asociada pena privativa de libertad".

Al no conllevar pena de cárcel el delito leve, el juzgado archivó la causa, mientras que el forense sugirió confirmar la existencia de la enfermedad para procurar un seguimiento médico, situación previa a los homicidios de la barriada de El Canalillo. EFE

mma/bfv/jlp

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