Madrid, 20 may (EFE).- El juez de la Audiencia Nacional que investiga el papel del expresidente del Gobierno José Luis Rodríguez Zapatero en los 53 millones de euros que recibió del Estado la aerolínea Plus Ultra en 2020 duda de la pertinencia del préstamo, al entender que se encontraba en causa de disolución y no cumplía los requisitos.
En el auto fechado el pasado lunes, en el que cita a Zapatero como investigado por organización criminal, tráfico de influencias y falsedad por su participación en la operación, el juez José Luis Calama dedica un apartado al proceso de concesión de la ayuda pública a la aerolínea.
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El magistrado destaca un informe pericial de junio de 2021 del bufete Martín Molina, especializado en administración concursal y asesoramiento integral a empresas en situación de riesgo, que analizó si Plus Ultra cumplía con los requisitos para recibir la ayuda.
Entre otras cuestiones, el informe pericial señalaba "la existencia un préstamo participativo, no haber registrado provisiones derivadas de ciertas contingencias, la cancelación de la deuda de los bonistas y la posibilidad de existencia de situación de insolvencia".
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Todo ello, prosigue el documento, suscitó "dudas más que razonables sobre cuál era la situación patrimonial de la compañía a dicha fecha y, en consecuencia, sobre el cumplimiento de los condicionantes esenciales para la concesión de la ayuda pública".
Para Calama, es evidente que la empresa no se encontraba en condiciones para ello, ya que, aunque la ayuda se justificó alegando que la empresa era estratégica y que no estaba en crisis antes de la pandemia, el análisis pericial determinó que ya llevaba un año en causa de disolución, con insolvencia y sin liquidez suficiente para operar.
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Los informes presentados por los asesores de la Sociedad Estatal de Participaciones Industriales (SEPI) "fueron redactados para justificar la concesión del rescate", pese a que Deloitte señalaba dudas sobre la capacidad de la aerolínea para seguir funcionando y advertían de problemas graves de caja.
Para evitar que las cuentas reflejaran pérdidas que obligaran a la disolución, la empresa "habría recurrido a diversas herramientas contables" para "maquillar la situación patrimonial y evitar que los fondos propios aparecieran en negativo", indica el juez.
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Además, el informe detectó "pagos cuantiosos" tras recibir las ayudas "a sociedades que no formaban parte de la operativa normal de la aerolínea, con transferencias relevantes a empresas que no figuraban en ejercicios anteriores y que no tenían relación directa con la actividad de Plus Ultra".
Entre los requisitos exigidos para acceder a los fondos públicos se encontraba hallarse al corriente a 31 de diciembre de 2019 en el cumplimiento de las obligaciones tributarias o frente a la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS).
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En su solicitud, Plus Ultra adjuntó dos certificados de estar al corriente en dichas obligaciones, uno de ellos firmado por el subdirector general adjunto de la TGSS, José Luis Encinas Prado, y otro por Belén Fruiters Casado, jefa de Sección en la Subdirección Provincial de Gestión recaudatoria de la Dirección Provincial de la TGSS de Madrid.
Ambos aseguraban que la compañía "no tenía pendiente de ingresos, en agosto de 2020, ninguna reclamación por deudas ya vencidas con la Seguridad Social".
Sin embargo, un asesor externo de Deloitte contratado por la SEPI para examinar la situación de Plus Ultra constató en febrero de 2021 que la aerolínea le había facilitado documentación relativa a una deuda preexistente con la Seguridad Social cuyo importe era de 451.954,79 euros, según recoge el auto del juez.
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En su auto, Calama recuerda que en septiembre de 2020 el entonces ministro de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, José Luis Escrivá, hoy gobernador del Banco de España, se reunió con Zapatero en la sede del Ministerio de Trabajo, "tal y como aparece" en un mensaje del director de la Unidad de Emergencias, Coordinación y Gestión de Crisis del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana. EFE
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