El dictamen judicial subrayó que, durante el incendio, la propagación del fuego obligó a evacuar no solo la nave donde ocurrieron los hechos, sino también inmuebles colindantes y viviendas cercanas, lo que provocó un grave riesgo para la vida de varias personas ajenas a los hechos. El caso tuvo origen la madrugada del 20 de agosto de 2022 en Torrejón de Ardoz, Madrid, y resulta en una condena a más de 50 años de prisión impuesta por la Audiencia Provincial de Madrid contra un hombre declarado responsable del asesinato de su pareja y de otro hombre tras provocar un incendio intencionado, informó Europa Press.
De acuerdo con el fallo hecho público por la Audiencia de Madrid, cuya sentencia fue difundida por Europa Press, la investigación acreditó que los hechos ocurrieron en una nave industrial ocupada donde el acusado convivía con su pareja, Esther, desde hacía al menos dos años. El tribunal determinó que la relación de pareja estuvo marcada por un contexto de violencia física y psicológica continua, basado en testimonios, informes policiales y documentación recabada durante el procedimiento.
El deterioro de la convivencia se acentuó especialmente cuando el acusado supo que Esther mantenía una relación afectiva con otra persona, identificada como Youssef, lo que incrementó el comportamiento violento y las amenazas reiteradas durante las semanas previas a los hechos. La sentencia recoge que el acusado había manifestado en varias ocasiones su intención de quitarle la vida a su pareja, hechos que fueron calificados por el tribunal como indicativos de un patrón de maltrato habitual.
Según el relato acreditado por la Audiencia y reportado por Europa Press, la madrugada del crimen, entre la 1:23 y las 2:13 horas, tanto Esther como Youssef descansaban en la planta superior de la nave. En ese contexto, el acusado accedió en repetidas ocasiones al inmueble hasta que, utilizando productos acelerantes, encendió fuego en varios puntos clave. El tribunal descartó la posibilidad de un origen accidental del incendio en base al análisis de los focos y al uso de sustancias inflamables.
El fuego se propagó con rapidez por el edificio, que disponía de una sola salida habilitada, circunstancia que, según consigna Europa Press, convirtió el espacio en una trampa sin escapatoria para las víctimas. Ambas personas murieron por asfixia provocada por inhalación de gases tóxicos mientras dormían, sin oportunidad de reaccionar ni de defenderse.
La sentencia consideró probado que la acción se desarrolló en un contexto de indefensión absoluta para las víctimas, pues la ejecución se produjo de madrugada y con fuego, un método que aseguraba el desenlace fatal e impedía cualquier respuesta. La Audiencia calificó este escenario como alevosía por desvalimiento, que agrava la conducta del acusado. La muerte de Esther se analizó también desde la perspectiva de violencia de género, estimando el tribunal que existía un evidente contexto de dominación, control y discriminación hacia la mujer, por lo cual aplicó las agravantes correspondientes de parentesco y género.
El fallo recogido por Europa Press fija las responsabilidades penales del acusado en dos delitos de asesinato, un delito de incendio y un delito de maltrato habitual, este último en razón de la longitud y reiteración del comportamiento violento durante la convivencia. Además, las dimensiones del incendio y la necesidad de evacuar edificios cercanos fundamentaron la condena adicional por poner en grave peligro la vida de terceros y por los daños materiales causados.
La Audiencia Provincial dictaminó una pena total de 22 años y seis meses de prisión por el asesinato de Esther, 20 años por el asesinato de Youssef, 15 años por el delito de incendio y seis meses por el delito de maltrato habitual. A esta condena se suma una medida de libertad vigilada que se extenderá por un máximo de diez años tras el cumplimiento de la pena privativa de libertad.
El tribunal impuso además el pago de indemnizaciones a las familias de las víctimas: 100.000 euros para cada progenitor afectado y 30.000 euros para cada uno de los hermanos, junto a las cantidades pertinentes derivadas de los daños materiales en la nave donde sucedieron los hechos.
Respecto a la investigación inicial, resultaron imputadas otras dos personas, pero la acusación fue retirada durante la última jornada del juicio dado que, en aplicación del principio acusatorio y ante la falta de pruebas suficientes sobre su participación, se negó su implicación en los hechos, reportó Europa Press.
La sentencia, a la que tuvo acceso Europa Press, recalca el uso de métodos que garantizaron la comisión del delito y describes la decisión como producto del análisis de pruebas físicas, documentales y testimoniales aportadas al proceso. El tribunal sostiene que los hechos demuestran una conducta prolongada de agresión, control y discriminación por parte del condenado, tanto en el trato habitual hacia su pareja como en la ejecución de los asesinatos.
La resolución también detalla que la gravedad del incendio y el peligro generado para la integridad de otras personas justifican la severidad de las penas impuestas tanto por los resultados fatales como por las consecuencias para la seguridad pública y los daños patrimoniales ocasionados. La sentencia, difundida por Europa Press, permanece sujeta a posible recurso ante instancias superiores.
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