El TSJC condena a la DGT a pagar lo mismo a examinadores interinos que a los de carrera

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El Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC) ha reconocido el derecho de un funcionario interino a recibir el mismo complemento específico que sus compañeros, funcionarios de carrera, por desempeñar las mismas funciones como examinador de la Dirección General de Tráfico (DGT), informa en un comunicado UGT, que fue quien llevó el caso ante los tribunales.

La sentencia, consultada por Europa Press, recoge que el demandante fue nombrado como funcionario interino del Cuerpo General Administrativo de la Administración del Estado (especialidad de tráfico) para realizar funciones de examinador por exceso o acumulación de tareas, entre mayo y noviembre de 2022, en la Jefatura Provincial de Tráfico de Barcelona.

Durante ese periodo, realizó funciones "idénticas" a los funcionarios de carrera, asumiendo las mismas responsabilidades y condiciones de trabajo, pero la DGT decidió abonarle el complemento específico correspondiente a un puesto inferior, de operador de información, generando una diferencia salarial entre ellos.

Por eso, UGT facilitó asistencia jurídica al trabajador afectado y llevó el caso ante los tribunales y, ahora, la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJC le da la razón y dictamina que "no hay una causa objetiva que justifique el trato desigual".

La sentencia anula la resolución del Director General de Tráfico, de marzo de 2023, en la que rechazaba la reclamación del trabajador contra la denegación de su solicitud de diferencias retributivas por complemento específico, y reconoce su derecho a percibir las diferencias retributivas correspondientes al puesto de examinador, además de los intereses legales.