La carta con la que España renunció definitivamente al Sáhara Occidental cumple 50 años

El medio siglo transcurrido desde la histórica notificación española a Naciones Unidas marca aún un profundo debate jurídico y político sobre la responsabilidad pendiente hacia la población saharaui y el estatus internacional de este territorio bajo control marroquí

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El dictamen emitido por la Corte Internacional de Justicia en octubre de 1975 estableció que no existían vínculos jurídicos que afectaran el proceso de descolonización del Sáhara Occidental, subrayando de manera explícita la aplicación del principio de autodeterminación para la población saharaui. Dicha conclusión, según contextualizó Europa Press, fue interpretada en sentido opuesto por el entonces monarca de Marruecos, Hasán II, quien puso en marcha la conocida Marcha Verde aduciendo la existencia de lazos históricos entre el sultán marroquí y varias tribus saharauis, como argumento para reforzar sus reivindicaciones sobre el territorio.

Según detalló Europa Press, el 26 de febrero de 1976 España presentó su salida definitiva del Sáhara Occidental a través de una carta enviada al secretario general de la ONU, Kurt Waldheim. El mensaje, firmado por el embajador Jaime de Piniés, informaba a Naciones Unidas del abandono formal del territorio, renunciando a cualquier responsabilidad pendiente y destacando la imposibilidad de realizar el referéndum de autodeterminación a que se comprometió España ante el organismo internacional. España justificó su decisión citando la existencia de “circunstancias ajenas” que, en su interpretación, impidieron la consulta popular que debía definir el futuro del territorio.

La carta enviada por De Piniés se centró en reseñar la intención inicial del Estado español de desarrollar un proceso de descolonización en conformidad con la Carta y las resoluciones de la Asamblea General, recordando que en agosto de 1974 se había anunciado un referéndum para la autodeterminación, previsto para el primer semestre de 1975. No obstante, según especificó la misiva y recogió Europa Press, la Asamblea General de la ONU aprobó la solicitud de opinión consultiva a la Corte Internacional de Justicia sobre la cuestión, promovida por Marruecos, lo que llevó a postergar la consulta.

El Gobierno español argumentó que accedió al aplazamiento porque la resolución de Naciones Unidas mantenía explícito el derecho a la autodeterminación del pueblo saharaui, si bien subrayó que dicha medida sumó incertidumbre y amplió su responsabilidad sobre el territorio. De acuerdo con Europa Press, la carta enfatizaba que “factores externos” acrecentaron la inestabilidad en la zona y dificultaron la organización del proceso, sin señalar explícitamente a Marruecos ni al Frente Polisario como responsables directos de la escalada de tensión.

Otra referencia importante en la documentación oficial se encuentra en la comunicación que De Piniés transmitió al secretario general Waldheim en mayo de 1975, donde advirtió que, si no cesaban las situaciones de perturbación, España se vería obligada a cesar toda acción administrativa. Paralelamente, una misión de la ONU visitó el Sáhara Español y países vecinos en ese año, cumpliendo funciones de observación de la descolonización. El informe producido a raíz de estas visitas, fechado en octubre de 1975, recogió que la población saharaui, en su amplia mayoría, manifestó apoyo a la independencia y rechazo a las pretensiones territoriales presentadas por Marruecos y Mauritania.

En paralelo, Europa Press recordó que el Acuerdo Tripartito de Madrid, suscrito por España, Marruecos y Mauritania, sentó en noviembre de 1975 la retirada definitiva de las fuerzas y autoridades españolas del territorio antes del 28 de febrero de 1976. En el texto del acuerdo, el Gobierno español declaró que había realizado todos los esfuerzos por lograr la descolonización pacífica y conforme a la voluntad de la población local, aunque lamentó que “circunstancias ajenas a su voluntad” impidieran la materialización del referéndum de autodeterminación. De igual forma, se estableció que la culminación de la descolonización dependería de la expresión válida de la opinión del pueblo saharaui.

La carta de notificación dirigida a Naciones Unidas explicitó que España, desde ese momento, “se considera desligada en lo sucesivo de toda responsabilidad de carácter internacional con relación a la administración de dicho territorio”, en virtud del acuerdo alcanzado en Madrid. Además, puntualizó que el proceso solo podría considerarse completado cuando la opinión del pueblo saharaui hubiese sido consultada y respetada.

Según ha venido argumentando el Gobierno español en distintas comparecencias y respuestas oficiales, tal como señaló Europa Press, España no figura como potencia administradora del Sáhara Occidental en el listado de territorios no autónomos de las Naciones Unidas. El Ejecutivo sostuvo en 2020, en respuesta a una pregunta parlamentaria en el Senado, que desde febrero de 1976 el país había dejado de ostentar ese papel formalmente. Fuentes oficiales, como el ministro de Exteriores José Manuel Albares, han reiterado en los últimos años esa interpretación, descartando que recaiga sobre España la responsabilidad administrativa internacional del territorio.

No obstante, existen posiciones contradictorias entre especialistas en derecho internacional y la interpretación sostenida por gobiernos españoles. El catedrático Juan Soroeta, consultado por Europa Press, sostuvo que, según la doctrina del Derecho Internacional, España mantiene la condición de potencia administradora, pues la Asamblea General de la ONU nunca le revocó tal estatus. Soroeta argumentó que si bien un Estado puede renunciar a derechos, no puede eludir obligaciones internacionales. Además, ilustró que, pese al control de facto ejercido por Marruecos sobre tierra y mar, España mantiene la gestión legal del espacio aéreo saharaui, incluso en la zona bajo control del Frente Polisario.

La cuestión sobre la vigencia del mandato español adquirió respaldo judicial. Según expuso Europa Press, una resolución dictada en julio de 2014 por la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional, bajo la presidencia de Fernando Grande-Marlaska, concluyó que desde el punto de vista formal y jurídico, el Sáhara Occidental era una provincia española y que, tras el ingreso en la ONU, España continuó siendo reconocida como potencia administradora. La resolución precisó que, “de iure, aunque no de facto”, España conservaba ese estatus hasta la culminación de la descolonización, en cumplimiento de los artículos 73 y 74 de la Carta de Naciones Unidas, que regulan las obligaciones hacia los territorios no autónomos.

La persistencia del Sáhara Occidental en el listado de territorios pendientes de descolonización de Naciones Unidas refleja la falta de cierre definitivo al proceso. Según consignó Europa Press, la situación jurídica del territorio y el grado real de las obligaciones españolas siguen generando debate en ámbitos políticos y académicos, mientras Marruecos mantiene el control efectivo de la mayor parte del territorio.

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