
Durante la vista oral del caso, varios médicos forenses mantuvieron un debate sobre la transmisión y la supervivencia de la bacteria responsable de la infección, discusión que según reportó el medio, se centró en las formas en que la menor pudo haber contraído la gonorrea. El caso culminó con la condena a nueve años de prisión impuesta por la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Palma a un hombre acusado de abusar sexualmente de su hija de tres años y transmitirle la enfermedad, según informó el medio.
De acuerdo con la información publicada, el tribunal impuso también la obligación al condenado de indemnizar a la víctima con 20.000 euros por los daños sufridos. La pena establecida representa una reducción respecto a los 15 años de cárcel que inicialmente solicitó la Fiscalía. El tribunal estimó que quedó demostrado que el hombre, plenamente consciente de ser portador de la infección, contagió a la menor durante los episodios de contacto sexual, que la investigación determinó tuvieron lugar mientras ambos se bañaban juntos en el domicilio familiar.
En el desarrollo del juicio, celebrado a finales de enero, el propio acusado admitió que sus hábitos de higiene eran deficientes. Detalló, por ejemplo, que solía meterse en la bañera llena de agua después de orinar y que posteriormente entraba la niña para bañarse, lo que en la vista quedó como uno de los elementos a debate, según consignó el medio. El hombre también mencionó que mantenía discusiones frecuentes con sus parejas debido a cuestiones relacionadas con su higiene personal.
El proceso judicial contó con el testimonio de expertos forenses que analizaron la viabilidad de la transmisión de la gonorrea en las circunstancias expuestas. Según lo detallado por la fuente, la víctima, tras contraer la infección, debió recibir tratamiento médico durante cerca de un año debido a las consecuencias del contagio.
La acusación inicial por parte de la Fiscalía sostenía que los hechos constituían abusos sexuales agravados, fundamentados no solo en la transmisión de la infección sino, sobre todo, en los indicios que apuntaban a una relación desequilibrada de poder y a la edad de la víctima. No obstante, la sala rebajó la duración de la pena con respecto a la petición inicial de la fiscalía tras la valoración de las pruebas presentadas.
Por su parte, la defensa, representada por el letrado Daniel Castro, anunció que recurrirá la sentencia. Según su postura, no ha quedado acreditada la existencia de un abuso sexual y argumenta que el contagio pudo haber sido accidental, como resultado del uso compartido de baños o toallas. El abogado de la defensa expuso que las pruebas serían insuficientes para mostrar que los hechos juzgados constituyeron abuso sexual, y consideró que el delito atribuible sería en todo caso uno de lesiones por imprudencia.
La controversia entre las partes se profundizó por los testimonios de los peritos forenses, quienes debatieron abiertamente durante el juicio sobre los mecanismos de transmisión de la gonorrea y la posibilidad de que la bacteria hubiera sobrevivido en entornos húmedos o a través de objetos personales compartidos.
El fallo emitido por la Audiencia Provincial recogió las consideraciones de ambas partes, aunque se inclinó por la versión según la cual el procesado, sabiendo que padecía la enfermedad, transmitió la infección a través de prácticas de contacto sexual en el contexto de los baños compartidos. La sentencia, además de la pena de prisión y la compensación económica establecida, deja abierta la posibilidad de recurso tal como confirmó la defensa del condenado.
La información publicada por el medio también incluyó detalles sobre el perfil del acusado y los elementos que llevaron a la decisión de la sala, subrayando el impacto que el caso generó en el entorno judicial local por la gravedad de los hechos y la edad de la víctima.
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