Condenado a 24 años de cárcel el delincuente 'Pandolo' por asaltar una casa en Ordes e intentar matar a dos personas

El tribunal de A Coruña atribuye a José Manuel Martínez reiterados delitos de violencia y tentativa de homicidio tras un brutal asalto, agravado por reincidencia y uso de arma ilegal, según el TSXG, aunque la sentencia admite recurso

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En la sentencia, los magistrados han descartado la existencia de algún trastorno mental relevante que alterara la capacidad de José Manuel Martínez para entender la ilicitud de sus acciones. El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) indicó que los informes forenses no detectaron síntomas de alteración psíquica en el acusado, conocido como ‘Pandolo’, razón por la cual la sala rechazó cualquier eximente relativa a su salud mental, tal como manifestó la defensa. De este modo, el fallo considera que Martínez actuó de manera plenamente consciente y voluntaria en el asalto a una vivienda en Ordes, A Coruña, durante la madrugada del 31 de mayo de 2023.

Según publicó el TSXG, la sección primera de la Audiencia Provincial de A Coruña impuso a Martínez una condena de 24 años y 4 meses de prisión. Los jueces lo consideraron autor de dos delitos de homicidio en grado de tentativa, teniendo en cuenta la circunstancia agravante de reincidencia, además de un delito de robo con violencia en casa habitada mediante el uso de un arma de fuego sin licencia y de un delito de tenencia ilícita de arma corta con el número de serie borrado. También le atribuyeron un delito de coacciones y un delito leve de hurto. El tribunal entendió probado que actuó con dolo directo, dado el uso del arma y la violencia ejercida, según detalló el medio.

En la sentencia, la sala señaló que Martínez accedió a la vivienda con la intención de robar y empleó un arma de fuego ilegal, lo que llevó a que la situación derivara en un violento enfrentamiento con los ocupantes de la casa. Durante el proceso de intento de robo de un vehículo, Martínez efectuó varios disparos. Los magistrados consideraron que su objetivo era terminar con la vida de dos de las personas que se encontraban en la vivienda esa noche.

De acuerdo con la sentencia, Martínez fue sorprendido por seis residentes que dormían en la vivienda. Según relataron las víctimas ante la Audiencia, Martínez disparó directamente desde una distancia inferior a dos metros a uno de los habitantes, causándole una herida en el abdomen. Además, realizó un disparo dirigido a la esposa del lesionado, el cual no impactó. Tras esta secuencia, la madre del herido intervino y recibió un golpe de puño por parte del acusado, cayendo al suelo. En ese momento, Martínez le apuntó en la cabeza y, aunque accionó el arma, esta no disparó. “Le apuntó a la cabeza y le dijo 'tú te lo buscaste', escuché un click, por suerte la pistola se debió de encasquillar", comunicó uno de los hijos durante el juicio, según detalló el TSXG. “Si no falla la pistola, estamos todos muertos”, agregó el testigo.

Respecto a la intencionalidad homicida, la defensa de Martínez argumentó que su cliente no pretendía matar a nadie. “No he querido matar a nadie”, declaró Martínez al término de la vista oral, según recogió el medio. La abogada argumentó que el disparo que hirió a uno de los residentes ocurrió durante un forcejeo y propuso que el hecho debía calificarse como un delito de lesiones con utilización de instrumento peligroso. Además, insistió en que Martínez padece esquizofrenia, que no estaba correctamente tratada, y que esa condición habría afectado sus capacidades volitivas y de comprensión en el momento de los hechos. “Falta una prueba psiquiátrica para conocer las consecuencias de la enfermedad en el momento de los hechos”, añadió la letrada ante la sala, alegando que podría existir una eximente completa o, en todo caso, una atenuante muy cualificada.

La versión de Martínez ante el tribunal sostuvo su inocencia en cuanto a las intenciones atribuidas por la acusación. Según su testimonio, realizó “cuatro o cinco disparos al aire” solo para demostrar que portaba un arma de fuego y evitar que los residentes se le acercaran. Añadió: “Entré por comida”, y expuso que no planificó el robo del coche, aunque reconoció: “he robado coches toda mi vida”. Comentó que la intención del robo del vehículo surgió en el momento, según consignó el TSXG.

A pesar de los intentos de la defensa por demostrar la ausencia de intencionalidad homicida y la posible afectación psíquica de su cliente, el tribunal concluyó que Martínez actuó de manera consciente. Consideró que la violencia ejercida y la disposición de utilizar un arma corta con el número de serie borrado reforzaron el diagnóstico de dolo directo. Sobre la eximente planteada por la presunta enfermedad mental, el TSXG resaltó de forma textual: “No existe ánimo homicida en ninguno de los casos”, sin encontrar argumentos suficientes para modificar la calificación de los delitos atribuidos.

La sentencia incluye la posibilidad de recurso ante el propio Tribunal Superior de Xustiza de Galicia, por lo que aún no ha alcanzado firmeza, conforme informó el propio organismo judicial.