Más de 150 juristas critican que la sentencia contra García Ortiz se apoya en "conjeturas basadas en hechos indirectos"

Figuras del ámbito legal alertan sobre graves errores en el fallo contra el ex fiscal general, afirman que hubo presunciones sin fundamento sólido y advierten que la resolución vulnera principios constitucionales, como la presunción de inocencia y el secreto profesional periodístico

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El manifiesto firmado por figuras como Baltasar Garzón, exmagistrado, y Manuela Carmena, magistrada jubilada y exalcaldesa de Madrid, asegura que la sentencia emitida por el Tribunal Supremo contra el ex fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz, carece de fundamento suficiente y se apoya en conjeturas derivadas de hechos indirectos. Según publicó el medio, más de 150 juristas han respaldado este manifiesto que rechaza la condena impuesta a García Ortiz por revelación de secretos que afectarían a Alberto González Amador, pareja de la presidenta madrileña, Isabel Díaz Ayuso.

De acuerdo con la información difundida, los firmantes del texto remarcaron que el propio Tribunal Supremo reconoció que no se ha podido demostrar que fuera García Ortiz el responsable de la filtración de datos a la prensa. Los juristas sostuvieron que la construcción probatoria realizada por el alto tribunal resulta deficiente y que no se tuvo en cuenta una clara alternativa que favorecía al ex fiscal general, lo que cuestiona la solidez del fallo.

Según consignó el medio, el manifiesto advierte que en un proceso penal no resulta suficiente la mera sospecha o imaginería, sino que es imprescindible acreditar la culpabilidad más allá de toda duda razonable, umbral fundamental que, a juicio de los firmantes, no se alcanzó en este caso. Dentro del escrito, los juristas señalaron que los testimonios de los periodistas, quienes negaron de forma categórica que García Ortiz fuera la fuente de la filtración, han sido obviados por el tribunal responsable del fallo. Para los juristas, este hecho lesiona el secreto profesional periodístico, al considerar tal garantía constitucional como esencial para una labor informativa libre.

Respecto a otros elementos indicados por el tribunal que condenó al ex fiscal general, como el borrado de datos de su teléfono móvil o una llamada telefónica con un reportero, los firmantes sostuvieron que estos no superan el umbral de la simple sospecha y disponen de explicaciones lícitas. A su juicio, considerar estos indicios como prueba de culpabilidad supone cambiar el estándar procesal, y exigir al acusado que justifique su inocencia, anulando el principio de presunción de inocencia. Tal estándar, subraya el manifiesto, constituye la principal diferencia entre Estados democráticos y aquellos que no lo son, publicó el medio.

El documento recoge además que la nota de prensa emitida por el Ministerio Público sobre González Amador tenía como objetivo contrarrestar una acusación falsa y de gravedad acerca de la actuación de la Fiscalía. A criterio de los juristas, existía un interés general evidente en comunicar para salvaguardar la confianza ciudadana en las instituciones públicas. Argumentaron que castigar penalmente estas acciones limitaría considerablemente la capacidad de respuesta de la Fiscalía General del Estado ante noticias falsas y acusaciones sin fundamento.

El manifiesto, según detalló la plataforma informativa, concluye que no se probó la supuesta filtración del correo electrónico y que la nota pública no constituye un delito de revelación de secretos. Por tanto, consideran los firmantes, se ha vulnerado de forma grave la presunción de inocencia de García Ortiz y, bajo su entendimiento, la condena no debería haberse dictado en esas circunstancias.

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