
Durante la vista oral celebrada en la Audiencia Provincial de Palma, se desató un extenso debate entre profesionales médicos sobre las formas posibles de transmisión de la gonorrea en el caso de una niña de tres años. Según publicó el medio, tanto cuatro pediatras como un especialista mantuvieron posturas enfrentadas en torno a si la bacteria pudo haberse transmitido mediante contacto sexual exclusivo, como sostenía la mayoría, o si existía la opción de contagio por compartir una toalla en un breve intervalo temporal, hipótesis a la que se aferró el médico consultado por la defensa. Mientras la mayoría de las facultativas explicaron que solo era posible el contagio a través de contacto directo entre las mucosas genitales, el profesional de la defensa insistió en que, tratándose de una niña pequeña, no podía descartarse el contagio accidental en circunstancias domésticas. Las diferencias entre los criterios llegaron a tal punto que uno de los doctores terminó por afirmar irónicamente que debería volver a estudiar Medicina tras verse cuestionado por sus colegas.
El caso se centra en un hombre acusado de haber agredido sexualmente a su hija de tres años y haberle transmitido una infección de transmisión sexual en Palma. Según detalló la fuente, la Fiscalía sostiene que la única explicación posible, de acuerdo con los informes médicos y las pruebas policiales, es que existió abuso sexual. El juicio, celebrado este lunes en la Sección Segunda, ha dejado la causa vista para sentencia, tras escuchar tanto a las partes como a los especialistas designados.
El imputado negó en todo momento haber cometido agresión sexual y afirmó que el contagio pudo haber sucedido cuando ambos compartieron la ducha o tras secarse con la misma toalla, declaración que repitió durante el interrogatorio efectuado por el fiscal. Según relató el acusado ante el tribunal, desconocía que tenía gonorrea aunque admitió “escocor”, y reconoció que frecuentemente se bañaba sin cambiar el agua después de orinar, permitiendo después que su hija se sumergiera en la misma bañera. También admitió que pudo haber habido contacto físico en esos momentos, pero negó toda intención sexual. Describió sus hábitos de higiene como deficientes, declarando: “Me lavo la cara por la mañana y ya no me lavo más”.
La defensa, liderada por el abogado Daniel Castro, mantuvo la principal línea argumental en la ausencia de pruebas directas de abuso y defendió la tesis de un posible contagio accidental a través del agua o de las toallas compartidas en el domicilio. Sin embargo, según consignó el medio, una agente de la Policía Nacional transmitió al tribunal el dictamen de una forense, quien aseguró que la gonorrea solo puede transmitirse por contacto sexual, excluyendo la transmisión a través de objetos o prendas como una toalla.
La madre de la menor presentó a su vez un testimonio discordante respecto a la falta de higiene del acusado. Según su versión, mientras mantuvo la relación de pareja entre 2018 y 2022, el hombre seguía prácticas de aseo habituales y usaba ropa limpia y perfume. Añadió que, tras su separación, el acusado volvió a antiguos hábitos asociados a consumo de alcohol y juego, mencionando que nunca había dinero suficiente en casa y que ella debía asumir todas las responsabilidades domésticas y del cuidado de las hijas.
Según reportó la fuente original, la madre relató que se enteró del diagnóstico de gonorrea de su hija tras una revisión pediátrica. Cuando informó al acusado, este se ofreció a realizarse pruebas médicas y le manifestó sus sospechas de padecer un problema de salud genital. La madre solicitó al tribunal que la niña reciba una compensación económica por los daños morales ocasionados. La defensa presentó un documento firmado previamente por la mujer en el que renunciaba a cualquier indemnización y reclamó que esto inhabilitaba cualquier exigencia económica posterior, aunque la madre alegó que pensaba estar firmando un acuerdo de manutención y que recibió asesoramiento inadecuado. La presidenta del tribunal le explicó que con la firma de ese documento quedó establecida la renuncia expresa a una compensación.
Otra expareja del acusado brindó declaración y coincidió en describir los hábitos descuidados de higiene del procesado, aunque señaló que jamás percibió señales de comportamientos inapropiados hacia las hijas.
Según difundió el medio, una técnico de la Unidad de Valoración de Abuso Sexual Infantil (Uvasi) expuso al tribunal los resultados de las entrevistas realizadas a la niña, las cuales consideró consistentes con una situación de violencia sexual. En el proceso, la profesional recordó que, durante las conversaciones, a la pregunta de si alguien le había hecho daño, la menor respondió con un “fue papá”.
Las consideraciones médicas tuvieron lugar al cierre de la sesión. Las pediatras que atendieron a la menor en el centro de salud explicaron que, desde su punto de vista, la única vía compatible con el contagio de la infección era el abuso sexual, por la necesidad de contacto directo entre mucosas para que la bacteria sobreviva y se transmita. Un facultativo discrepó y sostuvo delante del tribunal que, en circunstancias singulares, tratándose de una paciente muy pequeña, el contagio por compartir una toalla húmeda de reciente uso podría haber sido viable.
El Ministerio Público ha reafirmado la acusación original. Según publicó el medio, la Fiscalía solicita la imposición de 15 años de prisión para el acusado y una indemnización de 20.000 euros a favor de la menor, bajo la acusación de un delito de agresión sexual. La Fiscalía sostiene que el acusado habría abusado de la niña en momentos en que permanecían solos, aprovechando la relación filial, y le habría transmitido una enfermedad de la que ya tenía indicios de estar infectado. El documento firmado previamente por la madre, a juicio de la Fiscalía, no tendría validez para cerrar cualquier reclamación indemnizatoria.
La víctima, tras estos hechos, requirió cerca de un año de tratamiento médico para recuperarse. Desde noviembre de 2022, un juzgado dictó a favor de la menor una orden de alejamiento, que impide al acusado comunicarse con ella o con sus otras hijas, cuya custodia mantiene exclusivamente la madre. Para la defensa, el caso debería considerarse únicamente como un delito de lesiones por imprudencia, ya que, en su opinión, no existen pruebas concluyentes de la agresión sexual.
El tribunal ahora debe resolver sobre la responsabilidad penal del acusado teniendo en cuenta el debate médico sobre la transmisión y el testimonio de los implicados, como reportó el medio.
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