Lugo, 21 ene (EFE).- La asociación Mujeres en Igualdad -Bumei- ha presentado recurso de apelación al auto del Juzgado de Viveiro que determinó el archivo provisional de la causa abierta por las grabaciones de mujeres orinando en la vía pública en la celebración de la fiesta de A Maruxaina en el año 2019, imágenes que fueron posteriormente subidas a páginas de contenido erótico.
En declaraciones a EFE, la presidenta nacional de Bumei, Mari Fraga, reafirmó que las representantes de este colectivo, “como dijimos desde el principio, vamos a llegar hasta el final”.
“No queremos que este caso se archive porque sí”, dijo Mari Fraga, quien insiste en la necesidad de que “se sigan las líneas de investigación” abiertas para dar con los responsables de las grabaciones y de su difusión.
“Queremos que se dé con el culpable o los culpables de los hechos”, dijo la presidenta nacional de Bumei, quien confirmó a EFE que el recurso de apelación ya ha sido presentado por el representante legal de este colectivo.
El Tribunal de Instancia de Viveiro -Plaza nº1- acordó el sobreseimiento provisional de la causa abierta tras las denuncias interpuestas por varias asistentes a la fiesta A Maruxaina, que tuvo lugar los días 10 y 11 de agosto de 2019 en San Cibrao, en el municipio lucense de Cervo (Lugo), por haber sido grabadas mientras orinaban en la vía pública, imágenes que fueron subidas posteriormente a varias páginas web de contenido erótico.
De ese modo, la jueza accedió a la petición de la Fiscalía, que solicitó el sobreseimiento “por no haber motivos suficientes para acusar a determinada o determinadas personas como autores, cómplices o encubridores”.
La instructora subrayaba en el auto que no duda “del testimonio de las denunciantes ni de su sufrimiento”, pero también recuerda que los jueces son garantes de la legalidad y en el sistema penal español “rigen los principios de presunción de inocencia e intervención mínima, de forma que, ante la ausencia de indicios racionales y suficientes de criminalidad contra personas determinadas”, solo “cabe el irremediable archivo de las actuaciones”.
En la resolución, la jueza también explicaba que “todas las diligencias practicadas para la identificación” de los “posibles autores de los hechos han resultado infructuosas, tanto en relación con la captación de las imágenes como en relación con la difusión en las distintas páginas web de contenido erótico”.
Sobre la difusión de los vídeos en las distintas páginas web, explica que, “habiendo sido infructuoso el intento de que las entidades titulares de los distintos dominios prestasen su colaboración para la identificación de quienes figurasen tras los usuarios”, se tramitó solicitud de asistencia judicial internacional a Estados Unidos, pero tampoco dio resultado. EFE
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