
La privación de la patria potestad sobre el hijo menor y las indemnizaciones económicas para los tres hijos del matrimonio formaron parte de las medidas ordenadas por la Audiencia Provincial de Toledo al dictar sentencia sobre el caso. Según informó Europa Press, la víctima había tomado la decisión de abandonar la vivienda familiar en Almonacid, provincia de Toledo, en abril de 2022, buscando una separación definitiva tras el divorcio. El hombre condenado, que no aceptó tal decisión, fue juzgado y hallado culpable de agresión sexual y asesinato por motivaciones vinculadas a la dominación o posesión hacia su exesposa.
El Tribunal Supremo confirmó la condena a prisión permanente revisable impuesta previamente, según detalló Europa Press. La Sala de lo Penal del alto tribunal desestimó el recurso presentado por el acusado contra la condena por agresión sexual, que sumó a la pena de prisión permanente revisable por el asesinato. El tribunal subrayó que la existencia del dolo, esencial para determinar la responsabilidad penal en la agresión sexual, quedó acreditada en el juicio. Frente al argumento del condenado, que sostuvo que las relaciones sexuales habían sido consentidas, los magistrados concluyeron que la agresión sexual fue probada a través de pruebas indiciarias, y que no se podía sostener la inexistencia de fundamentos razonables en la condena.
“La versión del recurrente no resulta creíble”, señaló el Tribunal Supremo en la sentencia revisada por Europa Press. La resolución agrega que la conclusión a la que llegó el jurado popular resulta altamente coherente con todos los elementos probatorios aportados durante el proceso judicial y respalda el método seguido para valorarlos, descartando la hipótesis esgrimida por la defensa. El acusado admitió el asesinato durante el procedimiento, aunque recurrió la condena de nueve años de prisión por el delito de agresión sexual insistiendo en la supuesta existencia de consentimiento.
De acuerdo con lo recogido por Europa Press, los hechos probados reflejan que la víctima y el acusado, separados judicialmente y con tres hijos en común, vivían aún bajo un mismo techo cuando la mujer expresó su voluntad de finalizar la convivencia y mudarse definitivamente, cosa que el acusado no aceptó. La Audiencia Provincial de Toledo consideró que los actos del hombre estuvieron motivados por razones de dominio sobre su exesposa, lo que determinó tanto la condena por el asesinato como por la agresión sexual.
Además de la pena de prisión permanente revisable, la Audiencia Provincial impuso al condenado la privación de la patria potestad sobre su hijo menor de edad. En cuanto a las indemnizaciones, ordenó el pago de 71.500 euros a cada uno de los dos hijos mayores y 113.000 euros al hijo menor, según consignó Europa Press.
El Tribunal Supremo, tras examinar las valoraciones del jurado y las pruebas reunidas durante todo el proceso, respaldó por completo la decisión de la Audiencia Provincial de Toledo al afirmar que el resultado alcanzado por el jurado se sostiene en los datos probatorios y en la lógica aplicada en la valoración. En la resolución, los magistrados consideran que no existen motivos para modificar la condena, ya que la hipótesis de la defensa no se sustenta frente a las pruebas presentadas.
Durante el juicio, el jurado popular participó activamente en la valoración de los hechos y en la coherencia del relato probatorio, lo que permitió al tribunal adoptar una decisión basada en un análisis detallado de todos los factores implicados. La intervención del jurado, reseñó Europa Press, sirvió para afianzar la legitimidad de la condena, fortalecida a su vez por la revisión posterior realizada por la Sala de lo Penal del Supremo.
La sentencia del Tribunal Supremo, recogida por Europa Press, respalda tanto la apreciación de los hechos probados por la Audiencia Provincial de Toledo como la calificación jurídica de los delitos y la proporcionalidad de las penas impuestas. El texto judicial indica que se han aplicado de forma adecuada los criterios legales y que la respuesta judicial se ajusta a los requerimientos de protección de las víctimas y de los menores que dependían económicamente de la víctima.
El caso de Almonacid, que implicó la comisión de agresión sexual y asesinato a manos de un hombre sobre su exesposa, destaca la intervención de diferentes instancias judiciales y el empleo de un jurado popular en la fase de enjuiciamiento, según recordó el medio Europa Press. La sentencia, tras agotarse los recursos, adquiere firmeza y supone la ejecución plena de las penas impuestas, tanto en el ámbito penal como en las condenas accesorias y civiles vinculadas a los hijos de la víctima.
