Bruselas, 9 ene (EFECOM).- La Comisión Europea (CE) dio a conocer este viernes directrices para aplicar el reglamento sobre subvenciones extranjeras en vigor desde 2023, en el caso de que produzcan distorsiones en el mercado interior.
La CE pretende así aportar mayor previsibilidad y garantizar la transparencia para las empresas, y aclara conceptos como la forma en que determinará si existe una distorsión de la competencia causada por una subvención extranjera, o cómo se equilibrarán los efectos distorsionadores con los efectos positivos.
Las directrices aclaran que, una vez que la Comisión haya constatado que una empresa que ejerce una actividad económica en el mercado interior se ha beneficiado de una subvención extranjera, evaluará si existe una distorsión mediante dos pasos.
En primer lugar, examinará si la subvención extranjera refuerza la posición competitiva de la empresa en la UE y, a continuación, considerará el impacto en la competencia analizando si la ayuda puede alterar el comportamiento de la empresa y la dinámica del mercado en detrimento de otros operadores.
Por otra parte, si una subvención extranjera puede haber afectado a las condiciones de una licitación, la CE deberá evaluar si se ha producido una distorsión, y para ello evaluará si el operador económico puede haber utilizado la ayuda extranjera para diseñar las condiciones de su oferta.
En tal caso, la Comisión evaluará si la oferta presentada es indebidamente ventajosa comparándola con las demás ofertas presentadas en el procedimiento y con las estimaciones de la autoridad contratante.
Además, las directrices publicadas hoy explican el proceso de la Comisión para sopesar los efectos negativos de una subvención extranjera distorsionadora frente a los posibles efectos positivos.
La Comisión solo tendrá en cuenta los efectos positivos que sean específicos de la subvención extranjera objeto de evaluación, y el equilibrio tendrá en cuenta la gravedad de la distorsión y si los efectos positivos pueden lograrse sin ella.
Si los efectos negativos superan a los positivos, la Comisión podrá aceptar compromisos o imponer medidas correctivas.
La Comisión también podrá solicitar el aviso previo de concentraciones no notificables, así como de contribuciones financieras extranjeras en procedimientos de contratación pública cuando sospeche que se han concedido subvenciones extranjeras a empresas relevantes en los últimos tres años.
Los procedimientos de contratación pública de escaso valor, las subvenciones inferiores a cuatro millones de euros y las subvenciones destinadas a determinadas circunstancias extraordinarias estarán exentas de la obligación de notificación.
En cualquier caso, la Comisión deberá actuar antes de que las concentraciones se hayan llevado a cabo en su totalidad o se hayan adjudicado los contratos. EFECOM


