El segundo de los acusados se enfrenta a cargos por agresión sexual a una menor con la que tenía una relación de parentesco directa, y para quien la Fiscalía ha solicitado que no pueda acercarse a la víctima ni a su vivienda a menos de 300 metros por un período de tres años, junto con la prohibición de mantener comunicación alguna por cualquier medio. Según lo informado por la agencia Europa Press, el juicio se celebrará este miércoles en la sección quinta de la Audiencia Provincial de Pontevedra, donde la acusación pública también reclama que el acusado permanezca alejado de cualquier contacto profesional o laboral con menores por un periodo superior en seis años a la posible condena de prisión, y que se le imponga una medida de libertad vigilada durante cinco años, condicionado a la asistencia a programas de reeducación sexual.
Europa Press detalló que la Fiscalía solicita para este segundo acusado una condena de cuatro años y cinco meses de prisión, inhabilitación especial para los derechos de patria potestad, tutela o curatela por cinco años, y una indemnización económica para la menor, que durante más de 100 días necesitó tratamiento psicológico. El ministerio público demanda una compensación de 4.200 euros por las sesiones de apoyo terapéutico y otros 3.000 euros por daños morales ocasionados.
En cuanto al primer caso, que será juzgado este martes, está implicado un hombre acusado de agresión sexual contra una niña en el portal del edificio donde ambos residían. De acuerdo con la información recabada por Europa Press, los hechos ocurrieron en septiembre del año pasado, y la Fiscalía pide para el acusado cinco años de prisión. Además, incluye la imposición de libertad vigilada durante otros cinco años tras su salida de prisión, con la exigencia de participar en programas de educación sexual.
El ministerio público ha requerido en este proceso la privación de la patria potestad o, en su defecto, la inhabilitación especial para ejercer derechos inherentes a la patria potestad, tutela, curatela, guarda o acogimiento por un tiempo de siete años. Igualmente, reclamó una inhabilitación especial para cualquier oficio, empleo o actividad—remunerada o no—que implique contacto regular y directo con personas menores de edad, por un periodo de diez años, además de la prohibición de aproximarse o contactar con la menor por siete años. La Fiscalía solicita también una indemnización de 2.000 euros por los daños morales ocasionados a la víctima, según consignó Europa Press.
Ambos casos presentan similitudes en términos de la severidad de las penas solicitadas y las restricciones impuestas para proteger a las víctimas tras cumplirse las eventuales condenas privativas de libertad. La reclamación de la asistencia a programas de reeducación y educación sexual forma parte de las medidas solicitadas por la Fiscalía, bajo parámetros que se proponen evitar la reincidencia en situaciones de contacto con menores.
De acuerdo con lo publicado por Europa Press, las vistas orales se desarrollarán en la sede judicial correspondiente de la Audiencia Provincial de Pontevedra durante dos jornadas consecutivas, centrando la atención en la protección de la integridad y el bienestar de las menores afectadas y en el establecimiento de medidas que buscan tanto la reparación como la prevención de nuevos delitos de esta índole. Además de las penas de cárcel, inhabilitaciones y compensaciones económicas, los autos consideran restricciones personales y profesionales que buscan limitar cualquier posibilidad de reincidencia e interacción con menores por parte de los acusados.
Las sesiones judiciales se enmarcan en el proceso penal ordinario por delitos de agresión sexual a menores y han puesto el acento en la integración de medidas penales y civiles complementarias, según ha venido reportando Europa Press en el contexto de estos procesos.
Los juicios ponen de manifiesto la actuación de la Fiscalía en la defensa de los derechos de la infancia y la aplicación de medidas de protección, tanto inmediatas como a largo plazo, ya que las penas solicitadas involucran varios años de vigilancia posterior y prohibiciones estrictas sobre el contacto con personas menores. El seguimiento a través de libertad vigilada y la incorporación obligatoria a programas educativos y de reeducación sexual constituyen elementos que, según detalló Europa Press, buscan abordar la raíz de conductas que derivaron en la intervención judicial y sentar un marco preventivo adicional una vez cumplidas las eventuales condenas penitenciarias y de inhabilitación profesional o parental.
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