Más de 13 años de cárcel a un hombre por elaborar y difundir pornografía infantil

Guardar

Salamanca, 8 ene (EFE).- La Audiencia Provincial de Salamanca ha condenado a más de 13 años de cárcel a un hombre que poseía, distribuía y elaboraba pornografía infantil con imágenes de niñas de su entorno más cercano y también de otras menores en la vía pública.

Este caso se inició con una investigación del Grupo 1º de Delitos Tecnológicos de la Brigada Provincial de Policía Judicial de Zaragoza, a partir de la denuncia de una ciudadana el 10 de abril de 2022, quien detectó que en la red social Telegram había un grupo donde los usuarios estaban intercambiando videos sexuales con menores.

Como consecuencia del resultado de la investigación, se autorizó la primera entrada y registro en el domicilio del ahora condenado en Salamanca capital, unas pesquisas que han llevado a determinar que la actividad ilícita la hizo de manera "continuada e intensa" al menos desde inicios de abril de 2022 hasta fechas próximas a la entrada y registro del 27 de septiembre de ese año.

Se hallaron más de 6.000 archivos de imagen y vídeo constitutivos de pornografía infantil, y se determinó que compartió 2 archivos con nombre pedófilo mediante la aplicación eMule.

Además, encontraron al menos 55 vídeos tomados con un teléfono móvil por debajo de las faldas de chicas menores de edad en la vía pública, y otros de niñas menores de edad semidesnudas; así como al menos 46 archivos de imagen y vídeos, presentes o eliminados y recuperados, constitutivos de pornografía infantil.

La sentencia, que es firme, le condena por el delito de posesión, elaboración, distribución y facilitación de difusión de pornografía infantil a la pena de cinco años de cárcel.

Por un delito de agresión sexual a menor de dieciséis años se le condena a la pena de dos años de cárcel, y por otro delito de agresión sexual a menor de dieciséis años a cuatro años y un día.

Además, por delitos contra la libertad sexual, le corresponde una pena de libertad vigilada por tiempo de siete años a ejecutar después de la pena privativa de libertad, así como la inhabilitación especial para profesión u oficio sea o no retribuido que conlleve contacto regular y directo con menores de edad durante veinticinco años.

Asimismo, le corresponde una pena de dos años, seis meses y un día de cárcel por el delito continuado de descubrimiento de secretos. EFE

cgc/mr/jdm