
De acuerdo con el fallo judicial, la relación entre el ciudadano egipcio expulsado y una red de imanes que operaba en Madrid se considera uno de los elementos clave de la investigación que lo vincula con actividades de captación y adoctrinamiento yihadista. El medio detalló que las autoridades relacionan a esta persona con la llamada Brigada Al Ándalus, una organización desarticulada durante un operativo policial, que tenía como objetivo captar, radicalizar y facilitar el envío de combatientes a zonas de conflicto para integrar el Daesh. La sentencia hace especial mención al uso de clases nocturnas y sermones como método para culminar una de las últimas fases del proceso de captación, así como a la recomendación directa de sitios web radicales para continuar el adoctrinamiento de los jóvenes reclutados. Este enfrentaba desde 2013 investigaciones en varias ocasiones por parte de la Comisaría General de Información, según publicó la Audiencia Nacional.
El tribunal de la Sección Quinta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional confirmó la orden de expulsión de este varón de nacionalidad egipcia, establecida tras la denuncia policial por actividades consideradas contrarias a la seguridad nacional y que podían dañar las relaciones de España con otros países, según informó el medio. Esta resolución, dictada el 15 de febrero de 2023 por la Secretaría de Estado de Seguridad del Ministerio del Interior, incluyó, además de la expulsión, la prohibición de entrada a España por un periodo de diez años. Tal como consignó el medio, el recurso interpuesto fue rechazado tras pasar del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Córdoba, que se declaró incompetente, a la Audiencia Nacional, órgano que ratificó la medida.
La investigación policial se extendió durante años y se centró, entre otros aspectos, en la labor de captación del investigado desde la mezquita Attawhid del Sector Sur de Córdoba capital, donde, de acuerdo con el fallo, mantenía su actividad en la actualidad. Según le atribuye la Audiencia Nacional, el hombre formaba parte de una estructura organizada dedicada al adoctrinamiento y captación de individuos para organizaciones yihadistas, utilizando como base una red distribuida de imanes en diferentes centros musulmanes, principalmente en Madrid.
El sumario judicial recoge testimonios de familiares de individuos que se desplazaron a Siria para integrar el Daesh, quienes señalaron al ciudadano egipcio como uno de los principales responsables de su captación y adoctrinamiento en el yihadismo terrorista. Varias personas que acabaron como combatientes identificaron directamente al expulsado como el emisor de fatuas radicales, impartidas durante sesiones nocturnas educativas en un centro de Madrid, además de ser quien les indicaba los recursos y contenidos online para proseguir con el adoctrinamiento, de acuerdo con los documentos judiciales citados por el medio.
Según la información publicada, la estructura a la que pertenecía el individuo empleaba un proceso escalonado: la captación inicial quedaba a cargo de líderes de la organización de imanes investigada, y en fases posteriores el ahora expulsado asumía funciones de formación, adoctrinamiento y orientación espiritual. La Brigada Al Ándalus, en cuya desarticulación colaboraron diversas unidades de seguridad, es señalada como el órgano encargado de la última fase de radicalización y de canalizar el envío de los denominados muyahidines a territorios de conflicto como Siria.
La Audiencia Nacional argumentó que la presencia del ciudadano egipcio en la mezquita Attawhid de Córdoba y su estrecho vínculo con personas y doctrinas que justifican el uso de la violencia y la lucha armada bajo el islamismo radical constituían suficientes elementos para ordenar la expulsión. El dictamen judicial recalca que la peligrosidad vinculada a su actividad y su integración en dinámicas internacionales de adoctrinamiento, junto al papel que desempeñó en la instrucción de jóvenes finalmente desplazados a zonas de combate, fueron determinantes para rechazar el recurso contra la expulsión del territorio español.
Documentos aportados en el expediente del caso apuntan a que el inicio del procedimiento sancionador fue acordado en enero de 2023 y se basó en investigaciones reiteradas por terrorismo yihadista, labores de captación y conexión con personas previamente detenidas o huidas tras la operación contra la Brigada Al Ándalus, cuyos integrantes destacaban por su implicación en la radicalización y el adiestramiento de nuevos combatientes.
El fallo de la Audiencia Nacional sostiene que tales actividades, más allá de atentar contra la seguridad interna, ponían en riesgo la relación diplomática de España con terceros países. El informe policial, citado por el tribunal, describe que la estructura a la que pertenecía el individuo contaba con canales estables de reclutamiento a través de centros islámicos y que su participación se prolongaba en el tiempo, lo que permitió que la autoridad judicial valorase la medida de expulsión y la prohibición de entrada como adecuadas y proporcionadas.

