La Conselleria de Educación suspende a Santiago Laiglesia, en prisión por el 'caso Jubany'

Guardar

La Conselleria de Educación y Formación Profesional de la Generalitat ha suspendido 'de facto' a Santiago Laiglesia, investigado por el asesinato de Helena Jubany en diciembre de 2001 en Sabadell (Barcelona) y que se encuentra en prisión provisional, comunicada y sin fianza desde el pasado viernes, según han informado fuentes del departamento a Europa Press.

Las mismas fuentes indican que trabajaba en los Servicios Territoriales del Vallés Occidental (Barcelona) desde 2022, cuando ganó la plaza, pero que "no tenía contacto con alumnos" y que las tareas que desempeñaba eran básicamente administrativas.

Aclaran que, 'de facto', está suspendido de empleo y sueldo, a la espera de que se les notifique el auto de ingreso en prisión, momento en el que "se le suspenderá oficialmente en la fecha que marque la interlocutoria".

Anteriormente, Laiglesia había realizado labores como técnico de apoyo para la Secretaría General del Consejo de Relaciones Laborales de Catalunya, que pende de la Conselleria de Empresa y Trabajo, pero a preguntas de Europa Press desde el departamento aclaran que "hace tiempo" que no pertenece a su estructura.

PRISIÓN PROVISIONAL

La titular del Juzgado de Primera Instancia 2 de Sabadell (Barcelona), que instruye el 'caso Jubany', acordó el pasado viernes su ingreso en prisión provisional al considerar que "aparecen en la causa motivos bastantes para creer responsable criminalmente del delito investigado a Santiago Laiglesia".

Sobre el hallazgo de ADN compatible con el de Laiglesia en el jersey que llevaba la víctima la madrugada en la que fue asesinada, la jueza recuerda que los investigados nunca afirmaron haber coincidido con Jubany en los día inmediatamente anteriores a su muerte y, "mucho menos, haber tenido un contacto físico directo o íntimo" que justifique la presencia de restos genéticos en su ropa.

Por eso, considera que el nuevo hallazgo "permite situarle en el lugar de los hechos y en el momento de producirse, revelando de forma objetiva un contacto físico entre el investigado y la fenecida", compatible tanto con una agresión física como con una maniobra de desvestir a la víctima antes de ser precipitada, lo que en cualquier caso determina su participación, alega la jueza.

En el auto, la titular precisa que, si bien se trata de una prueba a través de los marcadores del cromosoma Y que no permite una identificación personal, sí permite determinar con "un grado de probabilidad racionalmente próximo a la certeza" que dicho ADN de varón resulta compatible con el de Laiglesia.