
La Sección Primera de la Audiencia de Navarra ha condenado a 6 meses de prisión y 900 euros de multa a un acusado que profirió insultos homófobos a un hombre por ser homosexual y, posteriormente, quemó en su presencia una bandera LGTBI en junio de 2024 en Pamplona.
Los hechos declarados probados en la sentencia, que ha sido dictada de conformidad tras un acuerdo entre la fiscalía y la defensa, son constitutivos de un delito con ocasión del ejercicio de los derechos fundamentales y libertades públicas reconocidos en la Constitución, en su modalidad de lesión de la dignidad por motivos discriminatorios.
Según han informado desde el Tribunal Superior de Justicia de Navarra, el condenado, natural de Rumanía, de 26 años, consignó antes del juicio 2.000 euros para indemnizar a la víctima, motivo por el cual se ha estimado en la determinación de la pena la atenuante cualificada de reparación del daño.
Con anterioridad a este acuerdo entre las partes, que fue rubricado el pasado día 8, el fiscal solicitaba para dos acusados 3 años de prisión: 1 año y 6 meses por un delito con ocasión del ejercicio de derechos fundamentales y libertades públicas, en concurso de normas con un delito contra la integridad moral; y otro año y medio de prisión por un delito de amenazas. En virtud del pacto alcanzado, la fiscalía retiró la acusación contra el otro inculpado, que, por tanto, ha sido absuelto.
La sentencia considera probado que, sobre las 2.55 horas del 23 de junio de 2024, el procesado se encontraba en el Paseo de la Biurdana de Pamplona cuando se aproximaron la víctima y una mujer, a quienes increpó: 'Hazle caso a ella, no seas subnormal que si quieres te la follas'.
Al decirle el denunciante que era homosexual, según consta en la resolución judicial, el encausado, "con ánimo de menoscabar su integridad moral y lesionar su dignidad con motivo de su orientación sexual", profirió insultos como "puto maricón de mierda" y, seguidamente, quemó una bandera LGTBI en presencia de la víctima "a sabiendas de que este comportamiento conllevaba una humillación y menosprecio por razón de su orientación sexual".
Ante las expresiones que dirigió el inculpado al denunciante, motivadas por la orientación sexual que les había puesto de manifiesto, su acompañante y él "tuvieron que huir, esconderse y solicitar ayuda policial".
El procesado, según recoge la sentencia, portaba 38 pegatinas, que colocó en farolas próximas al lugar de los hechos, con simbología propia de movimientos como 'Comunidad Identitas', 'Noviembre Nacional' y 'Casapound Italia', lo que "revela su relación con grupos caracterizados por el odio y promoción de la discriminación y violencia contra determinados colectivos, entre los que se incluyen los homosexuales".
Según se considera probado, "las expresiones verbales intimidatorias y ofensivas que el acusado dirigió a la víctima, el hecho de prender fuego a una bandera símbolo de sus derechos, el volumen elevado y el tono de voz despectivo que empleó, la exposición a la que le sometió en medio de la vía pública, pudiendo captar la atención de transeúntes, la gratuidad del acometimiento y el miedo generado en la víctima, que tuvo que emprender la huida con su acompañante, supusieron una grave humillación que menoscabó su dignidad".
La Sección Primera de la Audiencia ha acordado la suspensión de la pena privativa de libertad durante dos años a condición de que el condenado no vuelva a delinquir en dicho plazo y abone la multa impuesta mediante el pago de 100 euros al mes durante 9 meses.
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