Madrid, 13 may (EFE).- El Ministerio de Sanidad ha incorporado dos cribados neonatales más a la cartera común de servicios y ha ampliado la capacidad diagnóstica de Atención Primaria para que pueda realizar pruebas que hasta ahora requerían de derivación al hospital, como ecografías clínicas, retinografías o dermatoscopias, entre otras.
Mediante una orden ministerial, que ha sido publicada este martes en el BOE, el Ministerio ha añadido al Sistema Nacional de Salud dos nuevos cribados, uno para detectar precozmente en los recién nacidos la tirosinemia tipo I al programa de cribado de enfermedades endocrino-metabólicas y otro de cardiopatías congénitas críticas.
Además, modifica el programa de cribado poblacional de cáncer de cérvix con una actualización de los criterios de la prueba primaria de cribado y el intervalo entre exploraciones, adaptándose a las nuevas evidencias científicas y estrategias de prevención.
En el ámbito de Atención Primaria, la orden refuerza su capacidad diagnóstica ampliando el catálogo de pruebas que pueden realizarse directamente en centros de salud que antes se hacían en el hospital: ecografías clínicas, retinografías, dermatoscopias, pruebas cardiológicas, diagnósticos de infecciones respiratorias o test de marcadores cardiovasculares.
También da un impulso a las acciones de promoción de la salud, prevención de enfermedades, atención familiar y comunitaria, con nuevas actividades que facilitan la detección y priorización de problemas de salud de la comunidad, la identificación de recursos comunitarios, la participación en consejos de salud y la coordinación intersectorial con agentes locales, educativos, sociales y comunitarios.
Por otra parte, reclasifica 25 tipos de productos ortopédicos del catálogo común, que pasan a ser considerados de elaboración individualizada (MED). Se incluye así la posibilidad de que personas con patología neurológica, usuarias de ortesis tipo Dafo desde la infancia, puedan seguir utilizándolas de adultos.
Se incorporan al catálogo dos nuevos tipos de lentes de contacto para la corrección de la afaquia en casos de catarata congénita infantil y, en salud bucodental, se concreta y homogeneiza el acceso a los tratamientos en todo el territorio nacional, especialmente para personas con discapacidad o con alteraciones conductuales graves.
En este sentido, establece que los mayores de 14 años con discapacidad igual o superior al 33 %, tanto intelectual como física, que limite la movilidad de las extremidades superiores, tendrán garantizado el acceso a tratamientos de odontología conservadora cuando, según criterio profesional, exista riesgo para su salud bucodental.
Garantiza además que las personas con alteraciones conductuales graves, que no pueden mantener el autocontrol necesario para recibir tratamientos odontológicos de forma convencional, puedan acceder a estos servicios bajo sedación o anestesia general, en coordinación con los equipos de atención hospitalaria especializados.
Por último, tras la evaluación de los resultados de los estudios de monitorización realizados, mantiene incluido en la cartera el dispositivo de cierre (oclusor) de la orejuela auricular izquierda, indicado para pacientes con fibrilación auricular que presentan alto riesgo de ictus y que no pueden recibir tratamiento anticoagulante oral.
Sin embargo, excluye el stent esofágico biodegradable para patologías benignas tras constatar que no se cumplen los requisitos de seguridad y eficacia establecidos en la normativa vigente. EFE
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